JULIA BACHILLER. “El número de empresas y comercios de Majadahonda que se adhieren al Sistema Arbitral de Consumo va en aumento y esa confianza del comerciante o empresario, que encuentra en este Sistema una ayuda inestimable para la resolución responsable de los conflictos de consumo, está íntimamente relacionada con la evolución de los hábitos y criterios del consumidor, cada vez más informado y consciente. En la actualidad son 235 los establecimientos que se encuentran adheridos”. Así se expresa el concejal de Consumo, Manuel Troitiño en una entrevista con MJD Magazin celebrada a propósito del Día del Consumidor, que Naciones Unidas conmemora este miércoles 15 de marzo (15-M).


¿Que es la Junta Arbitral de Consumo?
–Un espacio para el entendimiento. El consumidor puede encontrar una solución gratuita, rápida y eficaz en sus reclamaciones con las empresas que, a su vez, las distingue por su calidad-. El Ayuntamiento de Majadahonda mira al futuro apostando decididamente por impulsar los sistemas extrajudiciales de resolución de conflictos en materia de consumo, a través de su Junta Arbitral. La Junta Arbitral observa que es un valor añadido en relación la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC); siendo un servicio que presta el Ayuntamiento –para el que sí tiene un coste-, a sus vecinos consumidores, con el fin de que puedan explorar esa vía para la resolución de conflictos, alternativo y rápido, que también contribuye a descongestionar el servicio judicial.

¿Y qué es el arbitraje de consumo?
–Es un procedimiento extrajudicial de resolución de conflictos entre consumidores y empresarios en el que las dos partes acuerdan voluntariamente someter su controversia a la decisión de un órgano arbitral imparcial e independiente. La decisión que se adopta- laudo-, tiene los mismos efectos jurídicos que una sentencia judicial en firme, no pudiendo ser susceptible de recurso. Si una de las partes no cumple el laudo, la otra parte puede pedir la ejecución forzosa ante el juzgado de 1ª instancia de nuestra ciudad. Cualquier consumidor que considere vulnerados sus derechos, en el marco de una resolución de consumo con empresarios, puede presentar una solicitud de arbitraje ante el Ayuntamiento de Majadahonda, que lo gestionará a través de la Junta Arbitral de Consumo.

¿Que gana el consumidor con esto?
– El ciudadano es el eje sobre el que se vertebra el Sistema, en el que la demanda de los servicios de consumo, convierte al ciudadano en consumidor de productos y servicios y que una defensa real y verdadera de éstos pasa por una justa reparación de los daños por medio de un procedimiento rápido, eficaz y poco costoso. La Junta Arbitral de Consumo de la Zona Noroeste de la Comunidad de Madrid se creó en 2001 y aunque ha atravesado diversas vicisitudes, algunas de ellas adversas para el siempre presente objetivo de alcanzar un funcionamiento de calidad que tienda a la excelencia, es ahora cuando se encuentra reconstituida y a pleno funcionamiento.

 ¿Y que gana la empresa con esto?
– Para la empresa es un elemento diferenciador con valor añadido que inspira seguridad, confianza y calidad al consumidor. La resolución de conflictos por esta vía es una ventaja competitiva, constituyendo la prueba para el establecimiento de que hay una empresa responsable con los más altos índices de calidad, que se demuestra y acredita con su adhesión al Sistema Arbitral de Consumo.

¿Que se está haciendo desde Majadahonda?
– El Ayuntamiento de Majadahonda tiene intención de emprender en breve una campaña de adhesión de empresas al Sistema Arbitral de Consumo. Somos conscientes que falta mucho conocimiento al respecto sobre el arbitraje de consumo. Las solicitudes de arbitraje han experimentado en 2016 un ligero repunte que achacan a una mejora en la prestación del servicio y a la perspectiva de recuperación de la crisis económica que hemos padecido estos últimos años.

¿Que base legal tiene?
–El marco jurídico regulador del arbitraje de consumo encuentra su origen en el artículo 51 de la Constitución Española. Este determina que “los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos derechos económicos de los mismos…”. La Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios atribuye a las corporaciones locales la promoción y desarrollo de la protección y defensa de los consumidores y usuarios, en el ámbito de sus competencias.

¿Existe alguna exigencia desde la Unión Europea?
–En la Junta Arbitral de Consumo de la Zona Noroeste están muy pendientes de la transposición de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo de mayo de 2013, que ha modificado el Reglamento y la Directiva existentes; y esto, es debido fundamentalmente, a que tendrá que hacerse la solicitud para acreditar a nuestra Junta Arbitral de Consumo de la Zona Noroeste, ante la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) para su notificación y reconocimiento por la Comisión Europea como órgano oficial de resolución alternativa de litigios en materia de consumo.

Majadahonda Magazin