MANU RAMOS. «El Tribunal Supremo resuelve que las servidumbres de paso son propiedad privada. La Casa de Alba gana la batalla a Boadilla del Monte por la finca de «los Romanillos», subraya Érika Montañés en el diario ABC, que da cuenta de una noticia exclusiva: «La Justicia ha dado la razón a la Casa de Alba en su reivindicación de la titularidad privada de los caminos de la conocida como «finca Romanillos», que abarca unas 1.000 hectáreas y con terrenos ubicados dentro del término municipal de dos localidades del norte de la Comunidad de Madrid (Boadilla del Monte y Majadahonda). Lo ha hecho por tres veces, hasta llegar al Supremo que asesta un duro revés al Ayuntamiento de Boadilla, que inscribió en su inventario municipal hasta 5 caminos situados en el interior de la finca y permitió que los vecinos accediesen a la finca Romanillos como si fuesen de dominio público». «Desprestigio», señala la periodista para aludir a la asociación «Amigos de los Caminos Majadahonda» y narrar la situación en estos términos: «como mayor perjuicio, los clientes de Jorge Bernad estuvieron «dos años imputados por una querella en vía penal que interpusieron una asociación de camineros, y los Ayuntamientos de Majadahonda y Boadilla», confirma el letrado, que añade que «para una familia de tan alta proyección tiene mayor coste social. La querella se archivó».
La sentencia del Supremo sienta un precedente, a juicio de Bernad, para los propietarios de muchas fincas afectados por la revisión de los catastros de rústica durante los últimos años y que han visto cómo caminos interiores o de servicio de la finca han pasado de la noche a la mañana a ser considerados como caminos públicos. El Supremo condena al Ayuntamiento de Boadilla a pagar las costas procesales, estimadas en unos 70.000 euros, añade el artículo. «El Alto Tribunal no solo devuelve la propiedad de estos caminos a sus dueños legítimos, sino que resuelve que los caminos de los que ha pretendido apropiarse el Consistorio no son públicos, condenando al Ayuntamiento a «entregar la posesión de los mismos a la parte actora, cesando por su parte en todo acto posesorio o que perturbe la legítima posesión de los demandantes». Sienta jurisprudencia al confirmar que mediante una acción reivindicatoria «se puede recuperar la propiedad de unos caminos que habían sido previamente inventariados en el registro municipal de bienes, y que figuraban en el catastro con titularidad municipal».
Estas explicaciones las ofrece a ABC el abogado Jorge Bernad, director del despacho Bernad Abogados y Asociados de Madrid, representante de los demandantes, sobrinos de Cayetana de Alba –Jacobo, Carmen Eugenia, María Eugenia y Luis Esteban, todos Fitz-James Stuart Gómez, en cuya causa de demanda también está otro familiar, Javier Soto–. «La familia está encantada con la resolución del caso. Llevan litigando desde 2013, cuando el Ayuntamiento se arrogó la titularidad de los caminos de Romanillos inscribiéndolos en su inventario municipal y colocando carteles en los que se indicaba que eran caminos públicos», dice el letrado.
En sede judicial, por tres veces, ha quedado acreditado que la familia Fitz-James Stuart Gómez poseía el «mayorazgo de Romanillos» desde el siglo XVI; sin apenas haber alterado nada en las fincas. Hubo un momento, además, en que dentro de ellas vivieron hasta 20 familias, cuidaban y mantenían los caminos interiores, tenían guardas que incluso ofrecieron su testimonio ante la primera magistrada, la titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Móstoles, Beatriz Martínez. La juez reprende al Ayuntamiento porque si consideraba que eran suyos los terrenos, nunca ejerció ninguna actuación de conservación en los mismos. Se despreocupó. En cambio, la familia sí cuidó de la finca y el paraje, enmarcado dentro del Parque Regional del Curso Medio del río Guadarrama. La juez de Móstoles también dice al Consistorio, regido por el PP, que para arrogarse una atribución pública hay mejores formas de hacerlo, como la «expropiación de unos terrenos».
«Los Fitz-James Stuart, ante la constante invasión de la finca por parte de personas que hacían botellón o arrojaban basuras y escombros, furtivos, ladrones de restos arqueológicos, además de paseantes tanto a caballo como en bicicleta, moto o incluso quad, que llegaron incluso a provocar varios incendios, colocaron en 2013 un vallado a la finca, lo que propició que el Ayuntamiento les denunciara por ello. Hubo también varias protestas vecinales demandando que los caminos unían poblaciones y debían ser de paso público», recuerda la periodista. En una sentencia comunicada a las partes el pasado 20 de noviembre y a la que ha tenido acceso este diario, el Alto Tribunal ratifica los dos sentencias anteriores dictadas por la Audiencia Provincial y el Juzgado de Móstoles –de julio y febrero de 2017, respectivamente– y resuelve que el Consistorio de Boadilla, regido por el PP, no solo acreditó con documentos la razón que aportó para atribuirse los derechos sobre los caminos de la finca, sino que su argumento capital fue que «desde tiempo inmemorial, esos caminos son de titularidad pública». Su prueba jurídica principal fueron los testimonios de vecinos, que la juez desestimó ante los documentos de propiedad aportados por los Fitz-James.
La propiedad fue adquirida en 1562 por Pedro Fernández de Lodeña. En diferentes documentos de la Junta General de Estadística de 1866, informes periciales y registros topográficos posteriores (como el de 1941), consta la propiedad en manos siempre de los herederos de la Casa de Montijo. «Los caminos controvertidos discurren por el interior de la finca. Nunca tuvieron fines públicos», rematan los fallos judiciales. Este periódico se puso en contacto con el alcalde de Boadilla, Javier Úbeda, quien indicó: «Aceptamos el auto del Tribunal Supremo. Desde el Ayuntamiento hemos llevado hasta el final en lo legalmente posible la lucha por lo que consideramos que es de interés de los vecinos y nos era propio. No hay duda, tras la revisión minuciosa de cada argumento contenido en las tres sentencias, de que no lo era». Lea la noticia completa.
Una cosa es ser «amigo de los caminos», lo que es encomiable, y otra bien distinta es apropiarse de los mismos, lo que no lo es tanto, sobre todo cuando pertenecen a otros. Al parecer algunos no lo tenían claro hasta ahora, pero supongo que tras esta sentencia del Supremo ya sabrán a qué atenerse.
Hay que apelar la sentencia del Supremo y llevar el caso al Tribunal de La Haya. El derecho de acceso al biona del Guadarrama medio es un derecho natural y por ende superior y anterior al derecho de propiedad de la familia Fitz-James Stuart Gómez. Esperemos que las autoridades del Ayuntamiento de Boadilla esten a la altura de las circunstancias y defiendan los derechos de sus vecinos.
Estas personas ocultas (Emilio sin perfil ni apellidos), ellas sabrán lo que tienen que ocultar, que hablan con desconocimiento y por boca de asno o de su amo, me brindan y provocan la libertad de hablar y explicar las cosas, para muchas personas que desconocen los detalles, y siempre hay quien esta interesado en tratan de manipular en beneficio propio con un titular que no es cierto «La Casa de Alba gana la batalla…..» y digo yo, «pero no la guerra», asi el medio que lo publica ABC , será más leído al mencionar a la Casa de Alba, cuando realmente son unos familiares mas o menos lejanos que realmente llevan el apellido Fitz James-Stuart, pero el mas conocido es el que se hace llamar o llaman Javier Soto, cuyo verdadero nombre es Francisco Javier Fitz James-Stuart de Soto, según https://www.vanitatis.elconfidencial.com/noticias/2014-06-08/javier-soto-imputado-por-presunta-usurpacion-de-terreno-publico_143199/, pero no voy a entrar en cómo se llama o le llaman o si quiere ocultar por algo su verdadero apellido, pero lo cierto es que le estoy muy agradecido que debido a su torpeza, que cerró con verja la vía pecuaria El Cordel Segoviano, lo cual es un delito penal, hoy día esta deslindada y amojonada, para uso público de todos los ciudadanos, los 35.000 m2 de terreno rustico de Majadahonda que durante 40 años ha estado utilizando para sus cacerías, por lo cual, la Comunidad de Madrid le abrió expediente sancionador imponiéndoles una multa de 30.000 euros, que estará pendiente de que prescriba para librarse de ella.
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