Consultar con un equipo de abogados de herencias en Madrid para recibir asesoramiento personalizado sobre el derecho de sucesiones es una opción muy recomendable.
El derecho al usufructo está recogido en el artículo 467 del Código Civil, que estipula que “el usufructo da derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa”. Es una figura jurídica que posibilita el uso y disfrute de un bien, normalmente un inmueble, mientras dura el usufructo, que nunca puede ser permanente, sin ser su propietario. Es una herramienta legal muy utilizada que busca proteger al cónyuge o a la persona elegida como usufructuaría para que disponga de un bien ajeno durante un plazo determinado que suele ser vitalicio, es decir hasta que fallezca. No podrá venderlo, pero sí alquilarlo o residir en él.
La tramitación de la liquidación del usufructo en Madrid no es un proceso sencillo, por ello es muy recomendable contar con los servicios de especialistas en derecho sucesorio como los profesionales de herenciamadrid.es para que ofrezcan asesoramiento sobre la documentación requerida y acompañamiento durante todos los trámites para evitar posibles futuros quebraderos de cabeza.
Qué bienes pueden ser objeto de usufructo en Madrid
El usufructo más habitual en Madrid es la concesión del uso de una vivienda, pero no es el único bien contemplado por esta herramienta legal.
-Bienes inmuebles: plazas de aparcamiento, viviendas o solares y terrenos.
-Acciones: el beneficiario del usufructo no es considerado socio ni accionista de la empresa, pero sí se beneficiará de los beneficios de la sociedad mientras dure el usufructo.
-Cantidades de dinero: supone el caso más complejo de usufructo y afecta a los intereses y rendimientos de los que sí puede beneficiarse el usufructuario.
Qué es la nuda propiedad y el pleno dominio
Una vez explicado el concepto de usufructo y la figura del usufructuario, es importante entender otros dos conceptos como son la nuda propiedad y el pleno dominio.
La nuda propiedad: es una figura legal que designa la propiedad de un inmueble, pero sin el derecho a disfrutar o disponer de dicho bien. Es decir, la nuda propiedad tiene el dominio sobre el bien, pero no el derecho de usufructo por lo que no puede hacer uso de él ni obtener beneficios alquilándolo, ya que estos derechos los ostenta el usufructuario por un periodo determinado o hasta que se produzca su fallecimiento.
Por su parte, el pleno dominio establece ostentar tanto el derecho de propiedad como el derecho de usufructo sobre un bien inmueble. De esta forma, un propietario con pleno dominio tiene el control total y absoluto del bien sin restricciones, pudiendo utilizarlo, disfrutarlo y obtener beneficios de él como le parezca conveniente.
Por tanto, la principal diferencia entre la nuda propiedad y el pleno dominio es el derecho de uso y disfrute del bien inmueble, mientras que la nuda propiedad tiene el dominio, pero no el usufructo, en el pleno dominio se ostentan ambos derechos. El pleno dominio
Circunstancias en las que se puede liquidar el usufructo en Madrid
Lo más habitual es que el derecho de usufructo sea vitalicio y, por tanto se termine cuando el usufructuario fallezca. Es entonces cuando el propietario puede volver a ejercer sus derechos sobre el bien heredado. Pero no es el único motivo por el que se puede proceder a liquidar el usufructo:
-La expiración del plazo que se contemplaba para el usufructo
-La renuncia del usufructuario a su derecho
-El acuerdo de compra de dicho derecho entre el usufructo y la nuda propiedad
-La pérdida del objeto del usufructo si por ejemplo el inmueble es demolida
En cualquiera de estos casos, los legítimos propietarios tendrán la obligación de liquidar los impuestos requeridos para poder consolidar el dominio sobre el bien en cuestión, es decir, ejercer su propiedad y derecho de uso.
Importancia de contar con asesoramiento legal a la hora de liquidar una herencia con usufructo en Madrid
Tal y como hemos visto, son varios y complejos los conceptos y los procedimientos que hay que llevar a cabo para poder proceder a liquidar una herencia con usufructo en Madrid, por lo que lo más conveniente es disponer del asesoramiento de abogados especialistas en herencias y testamentos que aportará la ayuda profesional necesaria para poder gestionar los trámites y ejercer tus derechos de forma rápida y eficaz.
Además, las herencias pueden convertirse en motivo de conflicto profundo entre los beneficiarios y causar un gran dolor a los implicados. Para evitar esta desagradable situación o para ponerle remedio, los abogados de herencias en Madrid, que son expertos en negociaciones hereditarias, pueden intermediar eficazmente para llegar a soluciones rápidas y evitar que los posibles conflictos se enquisten y se alarguen en el tiempo. Por otra parte, sus gestiones garantizan que todas las partes intervinieres comprendan su situación y sus derechos y cuenten con todas las garantías jurídicas para evitar problemas o reclamaciones de las instituciones o de otras partes implicadas. El equipo de herenciamadrid.es ofrece una primera consulta gratuita para poder exponer el caso y estudiar las necesidades específicas de cada testamento