
Cuando la chica les explicó a los médicos y sanitarios el origen de su lesión vaginal no mencionó la existencia de un embarazo previo no deseado, pero los síntomas no coincidían con las secuelas en su cuerpo. De ahí que los sanitarios llamaran a la Guardia Civil, que tras un interrogatorio pudo sonsacarle a la chica que había arrojado un feto muerto de 7,5 meses (30 semanas de gestación) en un contenedor de la calle Doctor Calero de Majadahonda en el interior de una bolsa de basura.
MANU RAMOS. El nuevo año 2026 ha comenzado en Majadahonda con tragedia, la de una chica de entre 18 y 19 años que acudió al servicio de Ginecología y Obstetricia del Hospital Puerta de Hierro con un grave sangrado vaginal. Cuando les explicó a los médicos y sanitarios el origen no mencionó la existencia de un embarazo previo no deseado, pero los síntomas no coincidían con las secuelas en su cuerpo. De ahí que los sanitarios llamaran a la Guardia Civil, que tras un interrogatorio pudo sonsacarle a la chica que había arrojado un feto muerto de 7,5 meses (30 semanas de gestación) en un contenedor de la calle Doctor Calero de Majadahonda en el interior de una bolsa de basura. La Policía Local y a los Servicios de Limpieza se personaron en todos los contenedores de la calle pero ya no encontraron nada, por lo que se dirigieron al Vertedero de la Comunidad de Madrid donde se dirigen los camiones de Majadahonda. Allí descubrieron sobre las 10 de la noche el cuerpo sin vida del bebé, que ahora está depositado en el Instituto Anatómico Forense donde en las próximas horas se le va a practicar la autopsia para determinar con certeza si nació vivo y fue arrojado al contenedor o si se trata de un aborto y nació muerto. De la chica solo se conoce que es oriunda de Honduras y que vive en Majadahonda, permaneciendo hospitalizada desde el 31 de diciembre (2025), día de Año Nuevo. Diferentes medios de comunicación han investigado este trágico caso y será ahora una investigación judicial la que dirima si se trata de una situación producida por un embarazo no deseado que falleció en el seno materno o un caso de homicidio.
PERSPECTIVA COMPARADA: REGULACIÓN DE LAS LESIONES AL FETO EN OTROS PAÍSES. Si bien el feto no tiene la consideración jurídica de persona, el legislador ha querido proteger específicamente su integridad y desarrollo mediante tipos penales concretos. Esto responde a la necesidad de salvaguardar la vida humana en formación y garantizar el derecho a nacer sin malformaciones o enfermedades provocadas por terceros. Una mirada comparativa a otros sistemas jurídicos nos permite contextualizar nuestra regulación y comprender mejor sus fortalezas y debilidades. Modelo Anglosajón: En los países anglosajones, especialmente en Estados Unidos, predomina un enfoque dual: Estados que reconocen personalidad jurídica al feto y tipifican específicamente las lesiones prenatales. Estados que solo protegen al feto a través de la agravación de las penas por lesiones a la madre embarazada La tendencia general es hacia un reconocimiento cada vez mayor de derechos autónomos al nasciturus. Modelo Continental Europeo. En el entorno europeo encontramos una mayor similitud con nuestro sistema, aunque con matices importantes: Alemania: Considera las lesiones al feto como una modalidad específica de lesiones corporales (Körperverletzung). Francia: Condiciona la punibilidad a la viabilidad del feto y al nacimiento con vida. Italia: Contempla específicamente las lesiones culposas en el ámbito médico con un régimen sancionador más leve.
EL MODELO ESPAÑOL SE ENCUENTRA ENTRE LOS MÁS COMPLETOS Y SISTEMÁTICOS, al dedicar un título específico a la protección del feto. Precisamente se dio un caso parecido en diciembre de 2025 cuando la Audiencia Provincial de Albacete condenó a prisión permanente revisable a una mujer acusada de asesinar a su bebé. En el dictamen se tuvo en cuenta que concurre la circunstancia agravante de parentesco. También se le condenó a la medida de libertad vigilada durante 10 años, a cumplir con posterioridad a la pena de prisión. La sentencia llegó tras ser declarada culpable por el jurado popular. La encausada estaba embarazada desde abril de 2022, pero dejó de acudir a sus citas con el servicio de Obstetricia del Hospital de Hellín desde la segunda mitad de su embarazo, faltando a los controles médicos pertinentes y comentando a su marido y familiares, quienes desconocían que estaba esperando a un hijo, que había sufrido un aborto espontáneo.
EL RECIENTE CASO DE LA MUJER DE ALBACETE: EL JURADO CONDENA A CADENA PERPETUA. A las 39 semanas de gestación, en enero de 2023, la acusada comenzó su parto «con pleno conocimiento de su estado», según señala el escrito de la Fiscalía, ya que la mujer había dado a luz con antelación y tenía una hija de 3 años en ese momento. En lugar de pedir ayuda o asistencia médica, dio a luz en el baño de su casa, «con la intención de que nadie se enterara del nacimiento de su hijo y acabar con su vida», ha afirmado la acusación. Después de que el bebé naciera «vivo y en buen estado de salud», la madre cortó el cordón umbilical y arrojó a su hijo al cubo de basura de su casa, donde lo dejó morir. Cuando esa noche su suegra llegó al hogar y vio el suelo manchado de sangre la acusada aseguró que había padecido una menstruación muy abundante y dolorosa, por lo que su marido la acabó trasladando al hospital de Hellín. En el centro, la mujer negó reiteradamente haber estado embarazada o haber dado a luz. El recién nacido falleció esa noche por un fallo cardiorrespiratorio provocado por un shock hipovolémico, hipotermia y asfixia.





Esta persona necesita mucha ayuda.
Es esta circunstancia terrible para una mujer!