MARIO ARNALDO. 11 de abril de 2024. Presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA). Estimados amigos de MJD Magazin: os remitimos información sobre una sentencia que nos acaban de notificar dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 32 de Madrid que anula una multa de 400 € y la detracción de 4 puntos impuesta por el Ayuntamiento de Madrid a un conductor por sobrepasar la velocidad en la Avenida de la Victoria (antigua carretera del Plantio), porque el consistorio madrileño no ha acreditado “inequívocamente” que en dicha vía existía una limitación de 30 km/h. Se trata de la primera sentencia dictada en relación a las polémicas multas impuestas por el Ayuntamiento de Madrid a millares de automovilistas de Pozuelo, Las Rozas y Majadahonda, y que fueron cuestionadas públicamente por nuestra Asociación a finales del pasado año (2023) porque en dicha vía no ha existido nunca el límite de velocidad a 30 km/h., como erróneamente sostenía el consistorio madrileño. En dicho lugar, el Ayuntamiento de Madrid formuló 8.848 denuncias, por un importe aproximado de un millón y medio de euros y detrajo 5.806 puntos, sanciones que, como se reconoce ahora en la sentencia dictada, vulneran el principio de legalidad y de presunción de inocencia. El texto de la nota de prensa es el siguiente:
Madrid, 9 abril de 2024 (AEA Press). Las multas de velocidad a 30 km/h impuestas en la carretera de El Plantío son ilegales. Nuevo varapalo judicial a las multas del Ayuntamiento de Madrid. Una reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 32 de Madrid ha resuelto favorablemente el recurso promovido por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de uno de sus socios y ha anulado la multa de 400 € y la detracción de 4 puntos, que el Ayuntamiento de Madrid le impuso por “sobrepasar la velocidad máxima permitida” en la Av. de la Victoria (antigua carretera de El Plantío), al no constar “inequívocamente acreditado” que en dicha vía existiera un límite de 30 km/h., tal y como sostenía el consistorio madrileño.
LAS DENUNCIAS DE LA POLICÍA ADMITEN PRUEBA EN CONTRARIO. Según se recoge en el fundamento de derecho octavo de la resolución judicial “aunque los boletines de denuncia gozan de la presunción de certeza y veracidad, dicha presunción no tiene ni naturaleza jurídica ni el carácter intrínseco de «iuris et de iure» (…) teniendo, asimismo, un valor probatorio que puede ser enervado por otras pruebas que conduzcan a conclusiones distintas, sin que a la vista de las practicadas en los presentes autos exista base suficiente para considerar inequívocamente acreditado el hecho referido en aquel boletín de denuncia”. En efecto, en el presente caso la denuncia se formuló por “Circular a 61 km/h., estando limitada la velocidad a 30 km/h”, y según hizo constar expresamente el agente operador del radar móvil en el boletín “la velocidad estaba limitada de forma específica”.
EN LA AVENIDA DE EL PLANTÍO NO EXISTÍA NINGUNA “LIMITACIÓN ESPECÍFICA A 30 KM/H.”. Sin embargo, los letrados de AEA pudieron demostrar que en dicha vía nunca había existido ninguna señal específica de limitación de velocidad a 30 km/h., contrariamente a lo que se indicaba en la denuncia, y que además en la antigua carretera de El Plantío existen en determinados tramos dos carriles, con lo que, aún en el caso de no existir ninguna señal vertical que lo indicara, el límite genérico de velocidad sería, en todo caso, el de 50 km/h. Por ese motivo, el juzgado estima el recurso interpuesto por los letrados de AEA, en defensa de uno de sus asociados, y anula la sanción de 400 € y la detracción de 4 puntos impuesta por la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, del Area de Gobierno y Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid. Como se recordará, hace apenas unos meses AEA denunció públicamente que el Ayuntamiento de Madrid estaba acribillando a multas a miles de automovilistas de Pozuelo, Las Rozas y Majadahonda, que circulaban habitualmente por la antigua carretera de El Plantío (hoy Avenida de la Victoria), por la comisión de unas infracciones inexistentes, ya que en dicha vía no existía ningún límite de velocidad a 30 km/h. y por tanto eran ilegales las denuncias que estaban formulando los radares móviles ubicados en vehículos camuflados estacionados en dicha vía.
8.848 MULTAS “TRAMPA” POR IMPORTE DE UN MILLÓN Y MEDIO DE EUROS. Concretamente, y según han podido averiguar los servicios jurídicos de AEA, durante los meses de octubre y noviembre del pasado año, el Ayuntamiento de Madrid formuló 8.848 denuncias en dicha via, por un importe aproximado de un millón y medio de euros y la detracción de 5.806 puntos. Sanciones que, como la del caso ahora resuelto favorablemente, tendrían también que anularse por cuanto infringen el principio de legalidad y de presunción de inocencia, al no existir en dicha via ninguna señalización que límite específicamente la velocidad a 30 km/h.
NUNCA HAN EXISTIDO SEÑALES QUE LIMITARAN LA VELOCIDAD A 30 KM/H., COMO SOSTENÍA EL AYUNTAMIENTO. En efecto, tal y como pudieron verificar entonces los técnicos de AEA, “en ningún tramo de la antigua carretera de El Plantío (hoy Avenida de la Victoria) ha existido señalización alguna que advirtiera que el límite de velocidad que regía en esa vía fuera de 30 km/h.”. AEA considera que este caso de la antigua carretera de El Plantío tiene una gran similitud con el de las “multas trampa” que el Ayuntamiento de Madrid estuvo imponiendo hacía dos años en la antigua carretera de Fuencarral, y sobre el que los tribunales también se tuvieron que pronunciar, obligando al consistorio madrileño a anular las sanciones impuestas porque “no existían señales que advirtieran que la limitación de velocidad de esa vía era de 30 km/h.” Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, esta sentencia “No sólo constituye un nuevo éxito jurídico de su organización en la defensa de los derechos de los automovilistas injustamente sancionados por el Ayuntamiento de Madrid, sino que vuelve a poner en evidencia la primacía del afán recaudatorio del consistorio madrileño sobre la seguridad vial, ya que si se quiere que se respeten los límites de velocidad, estos deben estar perfectamente advertidos mediante las correspondientes señales, e incluso, si se detecta un reiterado incumplimiento de aquellas, se deben analizar sus causas e incluso reforzar la presencia física de la policía para amonestar “in situ” a los infractores”.
AFÁN RECAUDATORIO. “Lo que no es de recibo para la seguridad vial -añade Arnaldo- es colocar un coche camuflado con un radar que, sin parar e identificar en el acto a los infractores, actue como si fuera una caja registradora. Por eso estamos recurriendo todas esas multas de nuestros socios porque no obedecen realmente a la voluntad infractora de los conductores sino a la dificultad que tienen éstos para conocer cual es el límite de velocidad que rige en cada calle si no hay una señalización concreta que les informe de ello.” Los nuevos límites genéricos de velocidad disparan las multas en Madrid. “Prueba de ello -concluye Arnaldo– son la cifras de denuncias formuladas por sobrepasar el límite genérico de velocidad de 30 km/h, que en el último año han experimentado un incremento exponencial de 1.586 %, pasando de 2.172 denuncias en 2022 a la insólita cifra de 36.632, en 2023.”
Menos mal que según Carabante eran legales…
Los que han pagado con pronto pago no van a poder beneficiarse seguramente de este cambio. Los que hayan recurrido igual tienen que acabar en el contencioso… pero se ha hecho justicia.
Pues mira, la que ha puesto la denuncia he sido yo y recibí la noticia hace unos días. Espero recuperar el dinero y los puntos. Ya os contaré
¿Dónde está ahora toda esa soberbia del concejal? ¿Va a dimitir?
Son al partido más corrupto de la historia de España, los que más han subido los impuestos a las clases trabajadoras y ahora, también nos meten la mano en la cartera, a escondidas.
Parafraseando a su gran líder: ¡Váyanse, señores del PP!
Y, como diría Vargas Llosa: sigan votando “bien…”
Tienen que devolver el dinero robado a todos los multados, pedir perdón y cesar a Carabante. Si no lo hacen lo pagarán en las urnas.
Totalmente de acuerdo con sus apreciaciones. Añado: Quién y quienes son las personas con «afán recaudatorio»? Exijase responsabilidad jurídica y política al Sr Carabante o al responsable político del delito concreto. Sino vamos al fondo de la cuestión seguirán robando aquí en Majadahonda donde tiene el PP mucha experiencia en ello y todas partes .
El PP en la carretera del Plantio, donde las señales de tráfico eran equívocas, puso es un mes 9.000 multas a razón de 300 €, por ir a más de 30. Luego pusieron señales a 50 por hora. Eso es el PP
Bueno, yo aclararía una cosa: esa sentencia anula UNA MULTA en concreto. Si bien expone unos argumentos que pueden servir para alegar en otras multas, en ningún momento declara ilegales las 8000 multas. El titular de la noticia es engañoso.
Y mientras el Ayuntamiento o un juzgado no las anulen, siguen adelante.
Correcto. Se nota que es un articulo distribuido por la asociación de automovilistas. El titular es engañoso, pero entiendo que es la primera de muchas sentencias. Lo importante es que no se olvide el tema y se aumente la presión sobre el PP de Madrid que es el responsable de este latrocinio a los ciudadanos.
Ilegales son. Pero el derecho administrativo es como es. Cuando pagas y te acoges al 50% de deducción, aceptas no interponer ningún tipo de recurso.
Por tanto, se beneficiarán de esta sentencia todos aquellos que no hayan pagado, hayan recurrido y esten dispuestos a ir al contencioso.
Así son las cosas.
Por ello, no hay que pagar, si tenemos claro que tenemos razón. Pero es goloso lo del 50%. Si de esas 8000 multas (ilegales ya que todas tienen el mismo formato) el 30-40% han sido pagadas, a razón de 200€ por multa (por poner una media) ahi teneis lo bien que le ha salido la operación a Carabante.
Mi enhorabuena a Vecinos por Majadahonda, que fueron los que llevaron el asunto al pleno y aunque ningun otro partido les apoyó ahora los tribunales les dan la razón. Mi aplauso para Bonet y Federico
Eso es una verdad a medias. Lo cierto es que Vecinos llevó el asunto al Pleno y cierto también es que se quedó solo. Pero le falta añadir que era una moción meramente testimonial porque, con razón, los demás partidos (más responsables y menos demagógicos) afirmaron que no era competencia municipal majariega y por tanto nada se podía hacer desde el Ayuntamiento. Y lo que es peor, ¿cómo puede afirmar que un tribunal de justicia da la razón a Vecinos por Majadahonda? Hasta donde sabemos, ese partido no presentó ninguna denuncia ante los juzgados, de forma que es harto imposible que le den la razón. Pero bueno, desde que tomaron posesión del acta, no hacen otra cosa que ponerse medallitas por cualquier cosa, pero se callan cuando no cumplen (techado del Rayo, Huerta Vieja, etc). La hemeroteca pesa mucho.
Sin dejar de lado a nadie, ni a la Asociación de Vecinos de El Plantío, ni a los de Majadahonda, tanto unos como otros perjudicados por este atropello que hemos sufrido todos, la multa de la que habla esa sentencia es la mía: yo pagué y recurrí al contencioso y por lo menos la mía, la han declarado ilegal. Espero por el bien de todos que a todos aquellos a los que han multado a traición, les devuelvan el dinero y los puntos. Yo voy a seguir hasta el final para recuperar los 200€ que pagué y los 4 puntos que perdí.
¿Que no es competencia municipal majariega mojarse a favor de los vecinos que hemos sido multados injustamente?. ¿No se han hecho mociones a favor de arreglar la estación de tren y tampoco es competencia municipal sino de Renfe?. Vamos ya, a otro sabueso con ese hueso. Lo que habría que denunciar es porque los otros partidos no apoyaron personarse contra el Ayuntamiento de Madrid, que está en manos del PP, y pedir con fuerza que se nos devuelva el dinero. En mi caso, sí fueron 50 euros con el chantaje de la reducción por ir a 49 km y ahora resulta que en efecto eran 50 km el limite. La pena es que Vecinos por Majadahonda no tenga mayoría absoluta como en Torrelodones porque os ibais a enterar de lo que vale un peine.
Lo que es cierto y verdad además es que estos del Ayuntamiento de Madrid son una banda de bandidos, mientras no nos devuelvan sin más el dinero robado del bolsillo y por la cara.
Hola, a mi me pusieron3 y pagué con bonificación, total 150€, ahora cómo lo recurro? Tengo que poner una denuncia y pagar a un abogado? O mandar un escrito al Ayto? Os agradezco si me indicáis como proceder. Gracias!
Si finalmente se declaran nulas las multas por el Ayto de Madrid, los que hemos pagado tendremos que presentar un escrito solicitando la devolución.
De momento eso no ha ocurrido.
Fuente: asesoría jurídica de Mutua.
Yo era votante del PP, me quitaron 200 euros y conmigo que no cuenten nunca más. Y si hay que votar a Vecinos se vota, ya veo que a los que defienden a la alcaldesa de Leganés a toda costa les revienta este voto, pues ya sabemos donde les duele.
Sé que no voy a recuperar lo que pagué (50€ de los 100€, por pronto pago) POR IR A 36 KM/H…. pero el PP ha perdido mi voto. Eso lo tengo claro y ahí no pueden meter mano.
Me pusieron una multa de 300€ y dos puntos, por ir a 51 km/h en una vía de 30kmh como dicen.
Hice un recurso argumentando que no había señalización que limitara la velocidad a 30kmh.
Luego he visto que el juzga no 32 ha anulado todas las sanciones.
Cuando pensaba que mi sanción estaba anulada, ayer 27 de Mayo, he recibido notificación del ayto de Madrid donde me informan que rechazan mi recurso y debo pagar la multa ahora sin descuento, que debo hacer si el juzgado ha anulado todas las sanciones impuestas ilegalmente.
no entiendo nada
Hola Inmaculada, soy Carmen Ramírez, yo he estado en el grupo municipal de Vecinos por Majadahonda y me han atendido fenomenal, hemos redactado el recurso y adjuntado la sentencia, creo que el recurso es distinto a las que resuelve el concejal Carabante, cuya dimision ya está pedida tambien, vete a verlos, estan en los soportales, son muy majos los dos concejales y la chica del gabinete encantadora.