El juzgado de Majadahonda condena a una clínica veterinaria por mala praxis y recuerda el nuevo marco jurídico que permite indemnizar el sufrimiento causado por la pérdida de un animal de compañía, tras la reforma del Código Civil que reconoce a los animales como “seres vivos dotados de sensibilidad”. Esta reforma ha sido invocada en el fallo para justificar la procedencia de una reparación por el daño moral sufrido por los tutores.

MANU RAMOS. (Majadahonda, 23 de octubre de 2025). La célebre canción infantil recuerda que “siete vidas tiene un gato” pero o bien no es del todo cierta o un felino que ejercía de mascota se dejó la última de ellas en la mesa de operaciones de una conocida clínica veterinaria de Majadahonda, lo que le va a costar 5.000 euros en indemnización a su propietario por manejar imprudentemente con el bisturí. O en este caso, por no hacerlo. “Condenan a una clínica veterinaria de Majadahonda por negligencia en una operación de un gato que acabó falleciendo. El experto en veterinaria legal, Andrés Santiago, explica por qué la omisión en el seguimiento postoperatorio fue decisiva y ofrece recomendaciones para evitar casos similares. El juzgado de Majadahonda condena a una clínica veterinaria por mala praxis”, resume el periodista Juan Pedro C. este 21 de octubre de 2025 en “Diario Veterinario”. Allí explica que un juzgado de Majadahonda ha condenado a una clínica veterinaria por mala praxis profesional tras la muerte de un gato intervenido de una uretrostomía, una delicada operación destinada a resolver obstrucciones urinarias graves. El tribunal considera probado que la clínica no retiró correctamente los puntos de sutura tras la intervención, lo que derivó en la formación de granulomas, una estenosis uretral y graves infecciones que terminaron con la vida del animal. La sentencia obliga a la clínica y a su responsable a abonar 4.958 euros más intereses a los dueños del gato como indemnización por los daños sufridos, y afirma que la omisión en la retirada de los puntos constituyó una vulneración de la lex artis aplicable a la práctica veterinaria. 

Manu Ramos

PROVOCAR LA MUERTE DE UNA MASCOTA YA ES DELITO. El caso, que se remonta a 2023, comenzó con una uretrostomía indicada para solucionar una obstrucción urinaria. Pese a las revisiones posteriores, el animal mostró recaídas continuas hasta que, en otro centro especializado, se descubrió la persistencia de material de sutura encapsulado como granulomas en la zona quirúrgica, responsable de la estenosis uretral y de las infecciones secundarias.  El juez subraya que la clínica “debió retirar todos los puntos o, en caso de duda, contactar con el centro que realizó la intervención inicial”, extremo que no se cumplió; esa falta de diligencia, concluye el fallo, fue determinante en el desenlace fatal. Aunque la sentencia no impone las costas procesales por la existencia de informes veterinarios contradictorios, sí declara la responsabilidad civil de la clínica y reconoce el daño moral padecido por los propietarios. La resolución judicial recuerda además el nuevo marco jurídico que permite indemnizar el sufrimiento causado por la pérdida de un animal de compañía, tras la reforma del Código Civil que reconoce a los animales como “seres vivos dotados de sensibilidad” y limita la aplicación del régimen jurídico de las cosas a lo compatible con su naturaleza. Esta reforma, contenida en la Ley 17/2021 y vigente desde enero de 2022, ha sido invocada en el fallo para justificar la procedencia de una reparación por el daño moral sufrido por los tutores. 

Andrés Santiago subraya que “el juez no cuestiona la técnica de la uretrostomía; la obligación del veterinario es de medios, no de resultados”, y precisa que “lo que reprocha la sentencia es la falta de cumplimiento de la lex artis en el seguimiento postoperatorio, en particular la no retirada del material de sutura que debía ser retirado”.

AL GATO NO LE RETIRARON LOS PUNTOS. Para analizar el caso, Diario Veterinario habló con Andrés Santiago, perito veterinario y director del Observatorio Español de Pericia y Seguridad Veterinaria, quien destaca que “en ocasiones, los problemas legales en veterinaria no surgen de grandes decisiones quirúrgicas, sino de algo tan simple como no retirar a tiempo unos puntos de sutura”, y recuerda que el juzgado de primera instancia consideró probado que la omisión de una actuación básica derivó en un desenlace fatal para el paciente. “El gato fue intervenido de una uretrostomía y acudió a revisiones posteriores, pero en esas revisiones no se retiraron todos los puntos de sutura”, relata el perito, y añade que “la persistencia de material de sutura provocó la formación de granulomas que acabaron produciendo una estenosis uretral; esa estenosis, a su vez, derivó en una obstrucción urinaria y finalmente en el fallecimiento del animal”. En el plano jurídico, Santiago subraya que “el juez no cuestiona la técnica de la uretrostomía; la obligación del veterinario es de medios, no de resultados”, y precisa que “lo que reprocha la sentencia es la falta de cumplimiento de la lex artis en el seguimiento postoperatorio, en particular la no retirada del material de sutura que debía ser retirado. Aquí la lección es clara: el tribunal ha sido contundente al recordar que el veterinario tiene una obligación de medios, pero esos medios deben aplicarse con rigor”, afirma el experto en veterinaria legal. “No retirar los puntos, siendo una maniobra básica y sencilla, se considera una negligencia que puede provocar un daño grave”, agrega. Además de la responsabilidad civil y la reparación económica, el perito subraya que la resolución judicial reconoce otras dimensiones del perjuicio: “Además del daño económico, se reconoce un daño moral que se indemniza, reconociendo el estrecho vínculo entre el animal y su familia».

Andrés Santiago advierte que “una buena información y una documentación completa son la mejor defensa frente a futuras reclamaciones”.

SE JUZGA LA LA DILIGENCIA EXIGIBLE, NO EL RESULTADO. Consejos para evitar reclamaciones similares. A la luz de este caso, Andrés Santiago ofrece varias recomendaciones prácticas para prevenir errores que puedan tener consecuencias graves tanto para el paciente como para el profesional. “Nunca debemos dar por menor una revisión”, afirma. “La retirada de puntos debe verificarse por completo y dejar constancia clara en la historia clínica”. También recalca la necesidad de “mantener una historia clínica detallada, ordenada y legible”, donde queden registradas las actuaciones, observaciones y comunicaciones con el tutor del animal. Otro aspecto esencial, subraya, es la comunicación con el propietario. “El tutor debe entender qué se está haciendo y por qué. Hay que explicarle los beneficios, riesgos y posibles complicaciones de cada decisión”. Santiago advierte que “una buena información y una documentación completa son la mejor defensa frente a futuras reclamaciones”. Y concluye con una reflexión, “los tribunales no juzgan si una cirugía era compleja, sino si el veterinario actuó con la diligencia exigible. En medicina veterinaria, los pequeños detalles cuentan tanto como las grandes decisiones quirúrgicas”, finaliza la noticia.

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