J. FEDERICO M./ J. BACHILLER. El hasta ahora portavoz del grupo municipal Somos Majadahonda Alberto Moreno, se despidió del pleno de ayuntamiento majariego tras formalizar su renuncia al acta de concejal. Tal y como adelantó MJD Magazin, el motivo de su decisión es la reciente asignación como Cónsul General en Marsella (Francia): “Hasta ahora he querido compatibilizar mi cargo en el Ministerio de Asuntos Exteriores con el trabajo en el Ayuntamiento, pero ahora ya no puedo ejercer esa compatibilidad”, explicó el diplomático. Moreno quiso reflexionar en su intervención de despedida sobre el desempeño de la política: “Todos los cargos públicos debemos tener una fecha de caducidad”, al tiempo que explicaba que siempre intentó “desempeñar su labor sabiendo separar la crítica política de la crítica personal”.


«El resto de portavoces de los diferentes grupo mostraron su agradecimiento y cariño al ex portavoz de Somos», resaltó este partido en un comunicado. Los aplausos de los concejales tras las palabras de Moreno –gesto que Somos creyó que prohíbe el reglamento del pleno cuando solo está restringido al público asistente– fue motivo para que el alcalde Narciso de Foxá tomara la palabra y señalara que acababa de permitir los aplausos porque «se trata de una de esas circunstancias en la que se puede saltar el protocolo”, dice la nota de Somos. Y añadió que “pese a sus críticas feroces en muchas ocasiones hacia el equipo de gobierno, siempre lo hizo desde el respeto y el sentido común”, transmitió el alcalde popular a Alberto Moreno. «Una de las intervenciones más cariñosas fue la del portavoz de Izquierda Unida, Juan Santana, que aseguró sentirse afortunado de haber trabajado de forma coordinada con Alberto Moreno en varias ocasiones. “No se nos va un concejal, se nos va también un amigo”, concluye la nota de prensa.

El «lapsus» sobre los aplausos: El Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales que regula la organización de los plenos señala que «el público asistente a las sesiones no podrá intervenir en éstas, ni tampoco podrán permitirse manifestaciones de agrado o desagrado, pudiendo el presidente (alcalde) proceder, en casos extremos, a la expulsión del asistente que por cualquier causa impida el normal desarrollo de la sesión. Sin perjuicio de ello, una vez levantada la sesión, la Corporación puede establecer un turno de consultas por el público asistente sobre temas concretos de interés municipal». Así pues, los aplausos o abucheos están permitidos a los ediles como representantes, pero no al público.

EDITORIAL. El «lapsus» sobre el derecho a la información: El día en que se despedía Alberto Moreno (Somos/Podemos), licenciado en Ciencias de la Información al igual que el alcalde, Narciso de Foxá (PP), tenemos que hablar forzosamente de libertad de expresión. Y es que en el pleno de un Ayuntamiento (al igual que en el Congreso, Senado, Autonomías y no digamos en el Parlamento británico) los concejales pueden aplaudir y abuchear, mostrar agrado o desagrado (no así el público asistente) con el mismo derecho y legalidad con el que los vecinos en general y los periodistas en particular pueden grabar imágenes, tanto durante su transcurso como en el turno de ruegos y preguntas de los vecinos. Este aspecto se ha prestado esta legislatura a confusión. La misma ley que regula la Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales señala que «serán públicas las sesiones del Pleno» y solo restringe esta difusión en casos muy graves y excepcionales. Y aunque es cierto que el turno de «ruegos y preguntas» no es parte formal del pleno, si se admite ya se incluye en el mismo, como consta en todos los órdenes del día y como a todas luces cualquier observador imparcial puede acreditar: responden alcalde y concejales, preguntan vecinos, se abren turnos, etc… Pura práctica y usos parlamentarios.

«No obstante, podrá ser secreto el debate y la votación de aquellos asuntos que puedan afectar al derecho fundamental de los ciudadanos a que se refiere el artículo 18.1 de la Constitución Española, cuando así se acuerde por mayoría absoluta», en alusión al derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Obviamente la asistencia a un pleno público, máxima representación del espacio social, tanto como vecino o como político, no es motivo para censurar la libertad de información, la libertad de prensa o la libertad de expresión, que garantiza la propia Constitución incluso con artículos específicos para el uso de las mismas por parte de los informadores. Cercenarlo exige que el asunto sea excepcional, se argumente como tal y se vote antes por mayoría absoluta. Son las reglas de juego de la democracia y por fortuna no dependen solo del Gobierno o de la Oposición. En las democracias avanzadas la sociedad civil tiene voz propia y más de lo que muchos políticos se imaginan.

De hecho la propia ley aclara que «para ampliar la difusión auditiva o visual del desarrollo de las sesiones podrán instalarse sistemas megafónicos o circuitos cerrados de televisión», algo que ocurre en el pleno de Majadahonda. Y habrá que recordar que fue MJD Magazin el primer medio de comunicación que solicitó por escrito en enero de 2015 que se cumpliera este precepto legal. Y tuvo que advertir en otra sesión plenaria que si un funcionario público limitara este derecho de forma arbitraria incurriría en un delito contra la libertad de información, castigado con hasta 4 años de inhabilitación y, en caso de reiteración, con penas de privación de libertad. Este medio de comunicación ha sufrido por ello durante toda la legislatura numerosos desplantes, prohibiciones y ataques por parte de partidos políticos y concejales simplemente por ejercer su derecho a la información y a la crítica. Ahora que comienza esta larga campaña electoral queremos recordarlo una vez más y avisar que es nuestro propósito que todas estas actitudes no queden impunes, desterrando de la política este tipo de prácticas antidemocráticas, ilegales e inconstitucionales.

Majadahonda Magazin