
EUROPA PRESS. El Tribunal Supremo ha condenado a la Comunidad de Madrid a pagar 1,4 millones de euros a la mercantil U.T.E. Planta R.S.U. Pinto por los costes de la búsqueda de un cuerpo, restos y efectos del delito (asesinato de las víctimas del «descuartizador» de Majadahonda) en un vertedero de Pinto, ordenada por el juez titular del Juzgado de Instrucción Número 1 de Majadahonda. En una sentencia de 14 de febrero (2022), recogida por Europa Press, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha fijado doctrina y ha establecido que los gastos por los trabajos generados en la instrucción de un proceso penal -como la búsqueda en un vertedero de un cuerpo, restos y efectos de un delito- deben ser abonados por la Administración competente en materia de justicia, aunque luego pueda solicitar al órgano judicial su inclusión en las costas, sobre lo que habrá de resolver según cada caso. En esta ocasión, la Dirección General de Justicia y Seguridad de la Comunidad de Madrid (CAM) devolvió la factura presentada por la empresa para que ésta la enviase al juzgado que había ordenado la búsqueda con el fin de que las incluyera en la tasación de costas que se practicara, para que se hiciera cargo quien fuese condenado en su día.









