La periodista Teresa Gómez y Santa Labrandero tras la entrevista en la Residencia de Mayores de Majadahonda

TERESA GÓMEZ. Este domingo 10 de septiembre de 2003 ha aparecido por la Residencia de Mayores de Majadahonda la familia Labrandero. La verdad es que yo, después de leer todo lo que han dicho los familiares en los comentarios del Magazin de Majadahonda, la esperaba antes. No puedo deciros quién ha venido, porque solamente ha venido una auxiliar, que también ha ayudado con lo de las medicinas. La auxiliar ha venido para decirme que les entregara a la familia las viejas gafas. Yo lo guardo todo, se las he entregado a la auxiliar y me ha dicho que no querían verme, solamente les interesaban las viejas gafas. Si hubiera sido yo quien ha visto las cosas que han escrito en el Magazin de Majadahonda, me hubiera faltado tiempo para venir y hablar conmigo. Viven a diez minutos de la residencia y como me ha dicho Santa, «ellas tienen coche, yo no me puedo mover de aquí». Habrán aprendido la lección. Espero que sí y como dicen que son sus tutoras legales, que la vengan a visitar más a menudo.


María Reyes Labrandero. Buenos días: Soy la tutora legal de Santa Labrandero Montero, en ningún momento he autorizado ninguna entrevista y menos que sea publicada en su revista. Esta situación es muy grave. Solicito que desaparezca dicha entrevista en estos momentos. Espero contestación a este correo inmediatamente. Si no obtengo respuesta tomaré medidas judiciales. // Un saludo. Al no responder a los correos enviados tanto por mi hija  Cristina López, como por mí, nos vemos en la obligación de poner una denuncia en el Juzgado y en la Guardia Civil. Espero su respuesta durante la mañana de hoy. Cristina López. Buenas tardes. Quiero expresar mi total repulsa ante el artículo subido hoy, 7 de septiembre de 2023, y que lleva como título: «Santa Labrandero Montero (Majadahonda) cumple 87 años en soledad: «Nosotros somos la parte más pobre de la familia». Santa Labrandero es mi tía abuela. Este artículo la difama a ella y a nuestra familia en muchos aspectos y quiero solicitar que se elimine dicho artículo de vuestra página. Teresa Gómez, la entrevistadora, no la veo como periodista ni colabora en vuestra sección de «Quienes somos». Mi tia abuela tiene un grado de dependencia tipo 3, el más alto, y un deterioro cognitivo muy grave, avalado por el último informe médico recibido este año por parte de la residencia donde reside. Está bajo nuestra tutela, y esto supone que cualquier cosa que se quiere tratar con ella se nos debe informar para saber si autorizamos o no. No voy a enumerar las mentiras que se han vertido en ese artículo y mi tía abuela no tiene culpa de nada. Como dice su nombre es una santa. Pero insisto en que se retire ese artículo de la revista. Teresa Gómez es una residente también de la residencia donde está mi tía abuela y no sé si tiene algún deterioro cognitivo pero no veo que ella sea periodista ni colaboradora de la revista. // Un saludo, Sigo viendo el artículo subido. Es un artículo sin tener un contexto adecuado, sin conocer cual es la salud de mi tia abuela Santa y sin autorización de la familia. ¿Cuándo va a desaparecer? y sobre todo, ¿cuándo van a hablar con Teresa Gómez para evitar que esto vuelva a suceder?. Pónganse en contacto conmigo».

EDITORIAL DE MJD MAGAZIN. Haciendo uso de su libertad de información y de expresión, tanto MJD Magazin, como la periodista Teresa Gómez como la histórica vecina de Majadahonda, Santa Labrandero Montero, realizaron una entrevista –de la cual ha salido publicada la primera parte– en la que cuenta parte de su azarosa vida. Su indudable interés social en vecina tan mayor, auténtica memoria histórica de la ciudad, llevó a este medio de comunicación a publicarla y a los lectores de MJD Magazin a seguirla con atención, como refleja el alto número de visitas y comentarios con la que la han respaldado. Para ello, la dirección de este periódico comprobó que se había producido una autorización expresa por parte de la protagonista, algo que se produjo por triplicado y que se podrá ver en la segunda y posiblemente última parte de sus declaraciones. Una parte de la familia Labrandero, haciendo uso igualmente de su libertad de expresión, ha mostrado su malestar por la publicación de esta entrevista. Está en su legítimo derecho. Lo es menos el hecho de que pretenda censurarla, recordando que uno de sus familiares posee su Tutoría Legal sobre sus bienes, propiedades, ingresos y cuentas corrientes. La Constitución Española en su artículo 20 y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea dice textualmente en su Artículo 11 sobre «Libertad de expresión y de información» que 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión. Este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o comunicar informaciones o ideas sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras. 2. Se respetan la libertad de los medios de comunicación y su pluralismo.

La Constitución española de 1978, en su Título I. De los derechos y deberes fundamentales. Capítulo segundo. Derechos y libertades y Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas y en su Artículo 20 señala que «se reconocen y protegen los derechos: a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. c) A la libertad de cátedra. d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial».

Una parte de la Familia Labrandero ha anunciado que tomará medidas legales sobre el artículo de Teresa Gómez y su publicación y reproducimos en estas mismas páginas su anuncio de que pondrá una denuncia «en el Juzgado y en la Guardia Civil«, dentro de una catarata de improperios e insultos contra la periodista y el medio de comunicación que lo publica, algo que sí podría rozar la ilegalidad o cuando menos al decoro o la buena educación. Sin embargo, la familia no señala que parte del texto estima delictiva y se limita a apelar a su condición de Tutora Legal, que como cualquier abogado sabe –si es que no le guía solamente el afán de sacar dinero a la interpelante cuando pierda el juicio– no alcanza ninguno de los derechos fundamentales y aún menos el de la libertad de expresión. También alegan que Santa Labrandero no está en su sano juicio pero en los términos y temas en que la Sra. Santa Labradero se expresa, lo hace con total claridad y comprensión y sus 87 años no son obstáculo para contar sus vivencias y sus memorias, como queda patente en los audios grabados que obran en poder de MJD Magazin. Por último, causa perplejidad que aún en estos tiempos de transparencia y libertades democráticas constitucionales se invoque permanentemente a la censura del artículo: «Solicito que desaparezca dicha entrevista», «que se elimine dicho artículo», «se nos debe informar para saber si autorizamos o no», «insisto en que se retire ese artículo de la revista», «Es un artículo sin tener un contexto adecuado», «¿Cuándo va a desaparecer?«.

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DE REDACCIÓN: Leídas y analizadas en profundidad sus alegaciones, lamentablemente no podemos satisfacer las peticiones de parte de la familia Labrandero. En España la censura previa desapareció en 1966 y la cinematográfica en 1977, algo que refrenda especialmente la Constitución española de 1978 cuando menciona que «el ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa«, como saben todos los ciudadanos, especialmente los profesionales que se dedican al ámbito de la Cultura. El hecho de que esta parte de la familia Labrandero haya hecho públicas sus intenciones censoras, tanto con carácter previo como posterior, invalida sus ya de por sí escasos argumentos, por lo que MJD Magazin proseguirá con sus publicaciones si su Consejo de Redacción estima que son de interés social, histórico o cultural, como es el caso que nos ocupa.

Majadahonda Magazin