Multas Avenida Victoria-El Plantío (Majadahonda): «La solución es organizarnos y llevar adelante una acción colectiva: reduciríamos costes y la perspectiva de una pérdida masiva de juicios por este asunto, que con los tiempos judiciales podría no quedar tan lejos de las próximas elecciones, podría hacer entrar en razón al Ayuntamiento de Madrid»

JOAQUIN SANCHEZ. Vecino de Majadahonda. 30 de enero de 2024. Avenida de la Victoria: ¿multas “trampa” o multas ilegales?. No puedo estar más de acuerdo con los responsables de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid respecto a la oleada de multas de la Avenida de la Victoria en octubre y noviembre pasados (2023) por ir a más de 30 Km/h: la ley está para cumplirla. El problema es… que en este caso quienes no la quieren cumplir son ellos. El artículo 52.1 del R.G.C. establece que las señales prevalecen sobre los limites genéricos de velocidad y existen señales de 40Km/h previas a rotondas e intersecciones que implican que venimos de una velocidad permitida superior (siendo el siguiente escalón 50 Km/h), y que, de acuerdo con el art 154, nos remiten a la velocidad previa a la reducción una vez superado el obstáculo que las motiva. Pero hay algunas dudas, se podrían cuestionar las implicaciones de la señal que nos encontramos en la calle Gobelas al venir a Majadahonda desde Madrid cruzando bajo la A-6, (hay dos carriles en un sentido y además no es la misma calle) o de la situada circulando hacia Madrid a la altura del parking de estación de Majadahonda (hay dos carriles en el lado opuesto, estamos aún en Majadahonda y no en Madrid, la calle se llama de forma diferente…).

«Lamentablemente, tener razón podría no ser suficiente, existe el riesgo de que las alegaciones ni siquiera las lean».

HAY SIN EMBARGO UNA TERCERA SEÑAL, MENOS CONOCIDA, que no plantea ningún resquicio de duda. La Avenida de la Victoria, sentido Majadahonda, no nace en la rotonda con la calle Gobelas, nace en el límite con Pozuelo, junto al Hipercor, y tiene, poco antes de llegar a dicha rotonda, en sentido Majadahonda, la señal de limitación a 40 km/h que se muestra en la figura (coordenadas: 40.46798, -3.81793466). Tras pasar la rotonda en sentido Majadahonda estamos en el mismo municipio, misma calle, misma configuración de un carril por sentido (el carril de incorporación que se ve en la foto no cuenta y además 100 metros más atrás ni existe) y ninguna señal de limitación o elemento que haga percibir que este tramo es más peligroso. Por tanto, si podíamos circular a 50 Km/h antes de esta señal, seguíamos pudiendo hacerlo de nuevo al dejar atrás la rotonda.

«La cuestión es que somos muchos los afectados y muchos con retirada de puntos, cuando legalmente no habría multa hasta 51 Km/h ni retirada de puntos hasta 71 Km/h.»

TODO ESTO SE APLICA TAMBIÉN SI VIENES A MAJADAHONDA desde la A-6 o si vas a Madrid, ya que la velocidad genérica de la vía, completamente simétrica, no depende del sentido en que circulas ni de tu lugar de incorporación a la misma. No necesitas haber visto esta señal, basta con que sepas que existe. O, simplemente, con que exista. La realidad es que la Avenida de la Victoria, que va desde Pozuelo a Majadahonda pasando por territorio de Madrid y que coincide con la carretera M-509 según los mapas de la DGT (ver la zona, ampliada, en https://infocar.dgt.es/etraffic/), tiene todas las características de una travesía y esto es lo que finalmente ha reconocido explícitamente el Ayuntamiento de Madrid al colocar las señales de 50 Km/h a finales de diciembre.

«Cualquier juez tumbaría el rechazo a los recursos pero los desestimarán en el convencimiento de que poca gente se va a meter en un contencioso por 50 o 100 euros»

LAMENTABLEMENTE, TENER RAZÓN PODRÍA NO SER SUFICIENTE, existe el riesgo de que las alegaciones ni siquiera las lean y las desestimen con un texto genérico “corta y pega“, que cualquier juez tumbaría, en el convencimiento de que poca gente se va a meter en un contencioso por 50 o 100 euros. La cuestión es que somos muchos los afectados y muchos con retirada de puntos, cuando legalmente no habría multa hasta 51 Km/h ni retirada de puntos hasta 71 Km/h. La
solución es organizarnos y llevar adelante una acción colectiva: reduciríamos costes y la perspectiva de una pérdida masiva de juicios por este asunto, que con los tiempos judiciales podría no quedar tan lejos de las próximas elecciones, podría hacer entrar en razón al Ayuntamiento de Madrid.

 

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