Vicente Araguas (Majadahonda): «En aquel tren de Angrois viajaban amigos y conocidos míos y un herido me contó su descarrilamiento»

El Juzgado de lo Penal nº 2 de Santiago de Compostela condenó en 2024 a 2,5 años de prisión tanto al maquinista, Francisco Garzón, como al jefe de Seguridad en la Circulación de ADIF, Andrés Cortabitarte, por el descarrilamiento del tren Alvia en la curva de Angrois el 24 de julio de 2013 cuando iba a 190 km/h en un tramo de 80 km/h por despiste al atender al móvil: 79 delitos de homicidio, 143 de lesiones por imprudencia grave, inhabilitados por 4,5 años y embargados por 25 millones de € para las víctimas, pagados por las aseguradoras de RENFE y ADIF (sentencia)

VICENTE ARAGUAS. (Majadahonda, 22 de enero de 2026). Muerte en las vías. El personal, de natural olvidadizo, y por eso –como decía André Gide necesita que se le reiteren las cosas, especialmente las trágicas– quizá haya puesto en el desván de la memoria, el horrendo accidente de A Grandeira, Angrois, Santiago, 24/7/2013. Yo siempre lo llevo en la memoria, y vuelve a mí en todo su horror, en estos días terribles de Adamuz. Cuando los cadáveres vuelven a ser un bulto deshecho en un amasijo de hierros y cristales hay buitres empeñados en arrancar morbo escénico y –aun– provecho político de la tragedia. En aquel tren de Angrois, que hubiese muerto en “mi” Ferrol, viajaban amigos y conocidos míos. Y años después, paseando por allí con alguien que había resultado herido en el descarrilamiento, este me contaba cómo, inconsciente, oyó pasar a su lado, abuela y nieta, y a la primera diciendo: “Mira, está muerto”. Y como la segunda, mirándole a los ojos, con brillo empañado, se abrazó a él. Y mi amigo, sabiéndose aún vivo, no se desprendía de aquel abrazo que lo devolvía a la vida. Por eso en estos días negros pienso en los vecinos de Adamuz y en todos nuestros paisanos, capaces de lo mejor cuando el drama lo requiere. leer más…

Majadahonda: Fiscalía llama a declarar a 4 funcionarios, 2 arquitectas aprobadas y cita como testigos a los 3 miembros de la Comisión Antifraude del Ayuntamiento (III)

Fiscalía de Madrid: «Los hechos denunciados pueden ser constitutivos de delito de infidelidad en la custodia de documentos, previsto y penado en el artículo 414 y 415 del Código Penal en el caso de los funcionarios públicos y de un delito 418 los particulares. Deben responder en concepto de autores del delito«

Mª LUISA MORANDO MARTINEZ. Fiscal Investigador. (Diligencia de Investigación Penal). Fundamentos de Derecho. Primero. Los hechos denunciados pueden ser constitutivos de delito de infidelidad en la custodia de documentos, previsto y penado en el artículo 414 y 415 del Código Penal en el caso de los funcionarios públicos y de un delito 418 los particulares. Segundo. De los hechos descritos deben responder en concepto de autores del delito previsto y penado en el artículos 414 y 415 Rafael Emilio Lleonart Torán, Antonio Rosón Fernández, Yolanda Mosquera Ambite y José Antonio Sánchez del Toro. Del delito previsto y penado en el artículo 418 deben responder en concepto de autores Mª Carmen Alejo Serrano y Carmen Margarita Huerta García. Tercero. De conformidad con el articulo 14.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, resulta competente para conocer de los hechos descritos el Juez de Instrucción del partido en que el delito se hubiere cometido, en éste caso Majadahonda. leer más…

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