
FRANCISCO JAVIER BRAÑA PINO. (Majadahonda, 8 de octubre de 2026) *Catedrático de Economía por la Universidad de Salamanca y vecino de Majadahonda. Comentarios a la resolución del Ayuntamiento de Majadahonda que deniega el recurso contra la Tasa de gestión de residuos. En primer lugar, se deniega el recurso por extemporáneo, al suponer los servicios técnicos del Ayuntamiento de Majadahonda que se presentaba un recurso contra la ordenanza fiscal que aprobó la tasa para la prestación del servicio municipal de gestión de residuos (en adelante tasa de gestión de residuos), lo cual es un error técnico, como le gusta decir al redactor del escrito (en adelante la Alcaldía de Majadahonda) llamar a todo aquello que le contradice. Los recursos se han presentado, de hecho y de derecho, contra la liquidación de la tasa y, por esa razón, se adjuntaba el justificante de pago del tributo. Otra cosa es que la argumentación de los recursos, de hecho, se haya dirigido contra la redacción de la ordenanza. Por tanto, el recurso se presentó en tiempo y forma. SON LAS PERSONAS QUIENES GENERAN RESIDUOS, NO LOS METROS CUADRADOS DE LA VIVIENDA. En segundo lugar, la Alcaldía de Majadahonda justifica que se utilice el valor catastral, con una falta de rigor lamentable, acusando al recurrente además de cometer un error técnico. El hecho de que el Tribunal Supremo haya permitido que las tasas, en el muy concreto caso de la tasa de alcantarillado, puedan tener en cuenta para la fijación de la cuota tributaria la capacidad económica del sujeto pasivo, no justifica ni jurídica ni políticamente, que ese sea el único criterio, como ocurre con la tasa aprobada en Majadahonda: lo que dice el Tribunal Supremo es que “se podrá”. Lo que hemos argumentado y eso NO es un error técnico, que si lo que se quiere es cubrir el coste de la prestación del servicio de gestión de residuos, pero al mismo tiempo, siguiendo los objetivos de la Directiva europea y de la ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, reducir el impacto global del uso de los recursos y disminuir la generación de residuos, se debe tener en cuenta en el diseño de la tasa que los que producen los residuos son las personas, no los metros cuadrados ni el valor de la vivienda (en el caso de las personas físicas).









