Al considerarse un delito grave de seguridad, la Policía Local de Majadahonda ha presentado cargos contra el conductor que causó el accidente. Así quedó uno de los coches aparcados en una zona céntrica de Majadahonda, con las marcas en el asfalto de otro vehículo. Y aunque por fortuna no hubo heridos al producirse el accidente a las 4.00 de la madrugada, los daños han sido cuantiosos

MANU RAMOS. (Majadahonda, 7 de julio de 2026). La noche del 30 de mayo de 2026, en la calle Miguel Hernández de Majadahonda, se produjo un gravísimo suceso: una carrera ilegal de coches entre jóvenes mayores de edad que iban borrachos, 2 chicos y 2 chicas, terminó. en un accidente. A la altura de la Urbanización Delta, al lado del popular bar «Sol y Aire», los dos automóviles perdieron el control y un Seat Ibiza chocó contra un coche aparcado, catalpuntándolo contra otro vehículo estacionado y produciéndole daños severos por delante y detrás del vehículo KIA, propiedad de una conocida vecina de Majadahonda residente en esta misma urbanización. Debido al fuerte impacto sufrido, los peritos declararon al vehículo siniestro total y la propietaria ahora está pendiente de la indemnización por perder el coche, lo que le ha causado además daños y perjuicios colaterales. Ahora la víctima se enfrenta además a un segundo problema: al existir un delito grave de seguridad vial y por los daños colaterales que han causado los 2 conductores ebrios, debe existir una resolución judicial que determine la indemnización –con los correspondientes intereses, que en materia judicial «no podrá ser inferior» a un 20% si transcurren 2 años, que es lo habitual– ya que el seguro obligatorio debe hacerse cargo del accidente.

Manu Ramos

AL CONSIDERARSE UN DELITO GRAVE DE SEGURIDAD, LA POLICÍA LOCAL DE MAJADAHONDA HA PRESENTADO CARGOS CONTRA EL CONDUCTOR QUE CAUSÓ EL ACCIDENTE. Fuentes jurídicas señalan que «la embriaguez del conductor no afecta a la indemnización y prestaciones que deben recibir los ocupantes del vehículo y los terceros afectados por el accidente. El copiloto no tiene ninguna responsabilidad ni sanción si da positivo en un accidente, pero los daños y lesiones sufridos por terceros siempre están cubiertos por el seguro obligatorio, sin importar las circunstancias en las que conducía el asegurado o si los ocupantes estaban al tanto de su estado de embriaguez». En cuanto a los daños causados a terceros, como es este caso ocurrido en Majadahonda, el seguro no puede negarse a cubrirlos, pero va a reclamar al conductor las indemnizaciones que haya pagado. El asegurador tiene derecho a repercutir los gastos al conductor, el propietario del vehículo o el asegurado si el daño fue causado por conducción bajo influencia de alcohol, drogas o conducta dolosa. También puede demandar contra un tercero responsable de los daños, como puede ser el otro conductor involucrado en la carrera ilegal. La acción judicial prescribe en un plazo de un año a partir del pago al perjudicado.

SE LIBRAN DE LA PRISIÓN POR NO PRODUCIR HERIDOS PERO CONSTAN LOS ANTECEDENTES Y SE INCREMENTAN LAS MULTAS. «El delito de alcoholemia, también conocido como conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, conlleva serias consecuencias penales: se encuentra tipificado en el artículo 379.2 del Código Penal, junto con otros delitos relacionados con la seguridad vial. Las consecuencias legales incluyen pena de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Además, se puede imponer la privación del carnet de conducir por un período de 1 a 4 años. Si un conductor da positivo en alcoholemia o drogas y se ve involucrado en un accidente sin heridos, se considera un delito contra la seguridad vial. En este caso, es posible que enfrente penas de prisión, multa y privación del derecho a conducir. En caso de accidente con heridos, las consecuencias legales pueden ser aún más severas. Es probable que incluyan penas de prisión, multas y privación del derecho a conducir por un período prolongado, ya que se aplicaría la pena en su mitad superior. Si un conductor positivo en alcoholemia es absuelto en el juicio penal, aún podría recibir una multa administrativa. Esto se debe a que el proceso penal requiere pruebas contundentes, mientras que para la sanción administrativa basta con dar positivo en la prueba», informa Rodríguez Escudero Abogados.

El accidente: c/ Miguel Hernández (Majadahonda)

EL AGRAVANTE DE UNA CARRERA ILEGAL. «Tras un accidente, las autoridades judiciales y policiales determinan la responsabilidad del mismo y suele incluir la realización de pruebas de alcoholemia. Sin embargo, el resultado de esta prueba no afecta a la dinámica del accidente en sí, aunque puede influir en la forma en que se establece la responsabilidad. La dinámica del accidente es fundamental para determinar la responsabilidad. Aunque el positivo en alcoholemia es un factor importante, no es el único ni decisivo. Esto significa que incluso si el conductor es sancionado por conducir bajo los efectos del alcohol, los derechos indemnizatorios del perjudicado en el accidente permanecen intactos. La conducción bajo los efectos del alcohol puede tener implicaciones en la cobertura de daños propios, tanto personales como materiales, según la póliza de seguro del conductor», señala el bufete de abogados. AL MENOS OTROS 1000 EUROS EN POSIBLES MULTAS. «Cuando un conductor supera la tasa de alcohol permitida, se enfrenta a consecuencias tanto a nivel administrativo como penal. Esta imprudencia puede resultar en accidentes de tráfico, con consecuencias impredecibles. En términos generales, la tasa máxima permitida para conductores es de 0,25 mg/l en aire espirado o 0,50 g/l en sangre. Sin embargo, para conductores noveles y profesionales, esta tasa se reduce a 0,15 mg/l en aire espirado o 0,3 g/l en sangre. Superar las tasas permitidas conlleva sanciones proporcionales. Por ejemplo, una tasa de entre 0,25 mg/l y 0,50 mg/l resulta en una multa de 500 euros y la pérdida de 4 puntos en el carnet de conducir. Si la tasa aumenta entre 0,50 y 0,60 mg/l, la multa se eleva a 1.000 euros y se pueden retirar hasta 6 puntos», concluyen los letrados. Y todo eso, aparte de las indemnizaciones por daños. Así que la carrera ilegal va a resultarle a los infractores bastante cara aunque han tenido suerte: si llega a producirse algún herido hubieran ido directamente a la cárcel.

Majadahonda Magazin