J. FEDERICO MTNEZ. «Esta parte del pleno (Ruegos y Preguntas) me parece un avance democrático increíble en cuanto a la participación de los vecinos y quería hacer una pregunta a toda la corporación: si tiene sentido que partidos políticos que no tienen representación en el Ayuntamiento hagan preguntas como partido político y no como vecinos, no debiendo tratarse en ningún caso”. Un asistente al último pleno del año 2018 del Ayuntamiento de Majadahonda suscitó el debate a propósito de las 3 preguntas que los representantes de Vox Majadahonda formularon en el citado turno. Su intervención fue visiblemente aplaudida y jaleada por varios concejales de Ciudadanos (Cs), hasta el punto que tuvo que interrumpirles el alcalde, Narciso de Foxá (PP): “no, no, no, esto no es una broma, esto de aplaudir supone ir por un camino…”. Foxá explicó que cualquier vecino “por el hecho de estar aquí sentado, tiene derecho a preguntar lo que quiera y yo tengo también derecho a afearle esa conducta como partido. Creo que lo he hecho y se lo he dicho: no me parece el foro adecuado y hay muchos otros donde debatir todas estas cosas. Este es para los vecinos que tienen un problema como el campo de rugby o como el de los Arroyos (del Plantío), que están llenos de escombros, para ver si se los podemos solucionar. Ese es el objetivo y efectivamente no todos los Ayuntamientos tienen un turno de preguntas de los vecinos, no está en el ROM (Reglamento Orgánico de Majadahonda) que sea obligatorio». En el citado pleno se dio la circunstancia de que no solo intervinieron los 3 afiliados de Vox, José Rodríguez, Isaac Reviriego y Oscar Velázquez. También lo hizo el representante de Vecinos por Majadahonda, Carlos Bonet, que preguntó sobre el problema del chabolismo y la infravivienda en la ciudad.


El representante de Vecinos por Majadahonda (izq) junto a afiliados de Vox (der) en el pleno

EDITORIAL. La intervención de 3 afiliados de Vox Majadahonda, un grupo que parece querer remover las cenagosas aguas estancadas del pleno del Ayuntamiento en lo que queda de legislatura, y también aunque en menor medida el del representante de Vecinos por Majadahonda, suscita un interesante debate que ya sacó a colación otro vecino. ¿Tienen derecho los representantes de partidos políticos o asociaciones de cualquier tipo a intervenir en el pleno? La respuesta que dan el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Majadahonda y la Constitución española no dejan lugar a dudas: no solo pueden intervenir en los «ruegos y preguntas» sino también en las mociones y demás puntos del orden del día, con solo solicitarlo por Registro en escrito dirigido a la Alcaldía con 24 horas de antelación. Y según el artículo 14 de la Constitución, «los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social». Prohibir, por tanto, la libertad de expresión por razones de origen político, sería delito. El artículo 551 del Código Penal castiga por ello con «pena de prisión de 6 meses a 2 años y multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 1 a 3 años» al responsable de un servicio público que deniegue a una persona un acceso por cualquiera de estas circunstancias que marca la Carta Magna. Ofrecemos además los artículos del ROM que regulan la participación en los plenos, así como la descarga íntegra del mismo:

José Rodríguez e Isaac Reviriego (Vox) conversan en el pleno con otros afiliados

TÍTULO CUARTO: Funcionamiento y régimen jurídico de los órganos municipales. Capítulo I. Funcionamiento del Pleno. Ruegos y preguntas. Art. 74. Por ruego se entiende la formulación de una propuesta de actuación dirigida a alguno de los órganos de gobierno municipales. Art. 75. Por pregunta se entiende una cuestión planteada a los Órganos de Gobierno en el Pleno. Las preguntas serán contestadas por escrito en las Comisiones Informativas correspondientes o en el Pleno siguiente, y formarán parte del acta de la sesión plenaria. Terminada la sesión del Pleno, el alcalde-presidente establecerá un turno de ruegos y preguntas por el público asistente sobre temas concretos de interés municipal. Corresponderá al alcalde-presidente ordenar y cerrar este turno.


Cs Majadahonda se mostró a favor de prohibir a los afiliados a partidos hablar en el pleno

Art. 78. Cuando alguna de las asociaciones o entidades a que se refiere el artículo 72 de la Ley 7/1985, o cuando alguna persona a título individual desee efectuar una exposición ante el Pleno, en relación con algún punto del orden del día en cuya previa tramitación administrativa hubiese intervenido como interesada, deberá solicitarlo a la Alcaldía con una antelación mínima de 24 horas a la celebración del Pleno. Con autorización de la Alcaldía y a través de un único representante podrá exponer su parecer durante el tiempo máximo que le señale el presidente de la sesión; y con anterioridad a la lectura, debate y votación de la propuesta incluida en el orden del día. Descargue el Reglamento Orgánico de Majadahonda (ROM) para conocer los derechos y obligaciones de los vecinos ante el pleno

 

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