
Es cierto que parte de esa literatura no cuestiona el modelo, lo describe y con intención moralista adorna a sus personajes de cualidades que los hacen acreedores al castigo. Así, “Más que todo aquello y castigos mayores merecían mis culpas, por otras ofensas contra su Majestad cometidas” nos dice Guzmán de Alfarache, sin poner en cuestión por lo tanto que la ofensa por el delito lo es al Rey, cosa indiscutida en la época. En “Fortuna Varia…” se dice también de un ajusticiado que “fue condenado aun antes de dos meses a tormento y ejecutado con rigor: castigo merecido… a lo menos de la ingratitud y villanía que usó con su dama”.
Por cierto que luego se dice de otro ajusticiado “ya sentenciado a degollar” que fue perdonado por su padre “y salió de la cárcel con destierro al Peñón”, en esa extraña mezcla de rigorismo punitivo y autocompasión que presenta el derecho penal del antiguo régimen. Las críticas de Cervantes, a las que luego haremos mención y de obras más antiguas como el Crotalón, se cuidan también de destacar la importancia que para la República tiene el sistema de justicia y se critica sobre todo la corrupción de los funcionarios. Próximo capítulo: la corrupción de jueces, letrados, alcaides y escribanos (V)




