La Comunidad de Madrid abre la veda desde el 1 de mayo al 31 de agosto para cazar jabalís y zorros en 22 municipios del Oeste: lista completa

MANU RAMOS. La Comunidad de Madrid ha abierto la veda este jueves 20 de abril (2023) para cazar jabalís y zorros. Lo llama «periodo para realizar esperas de jabalí en la Comunidad de Madrid, conforme a lo establecido en la Orden 991/2022, de 21 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles de caza que regirán durante la temporada 2022-2023, en vigor».


Al ser Caza Mayor, la regulan los artículos de la Ley de Caza (15.3.1): «En los cotos privados de superficie mayor o igual a 250 hectáreas, incluidos en las comarcas forestales 6, 7, 8, 9, 10, 11, 15 y 16, se podrá realizar la caza en esperas o aguardos nocturnos de jabalí de lunes a viernes en el período comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de agosto, bastará con una comunicación previa de 10 días de antelación al inicio de la actividad, indicando la zona donde se va a realizar. Se permite con carácter general para los cotos de caza menor inferiores a 500 hectáreas, el uso de escopeta y arco y para los cotos de caza iguales o superiores a 500 hectáreas, armas de fuego y arco. En los cotos privados de caza de las restantes comarcas forestales y en aquellos cuya modalidad de caza no esté contemplada en el Plan de Aprovechamiento Cinegético, será necesario solicitar previamente la autorización correspondiente», recuerda la revista «Todo Montería«.

«Recuerda conforme al articulo 9.5. que… se autoriza la caza del zorro durante la práctica de cualquier actividad cinegética en los terrenos sometidos a régimen cinegético especial durante los períodos hábiles de caza y durante los períodos establecidos en las autorizaciones extraordinarias de control de otras especies cinegéticas (como las de esperas de jabali), excepto en los espacios protegidos donde esta especie no está declarada como cinegética», concluye la revista.

MUNICIPIOS DEL OESTE DE MADRID DONDE SE PUEDE CAZAR Y SUS COMARCAS FORESTALES (Orden 4634/2006, de 29 de diciembre):
COMARCA 9: Sevilla la Nueva, Brunete, Villaviciosa de Odón
COMARCA 11: Valdemaqueda, Robledo de Chavela, Fresnedillas de la Oliva, Colmenar del Arroyo, Navalagamella, Quijorna y Villanueva de Perales.
COMARCA 15: Hoyo de Manzanares,
COMARCA 16: Galapagar (al Oeste de la autovía A-6), Torrelodones (al Oeste de la autovía A-6), Valdemorillo, Colmenarejo, Las Rozas (al Oeste de la autovía A-6), Villanueva del Pardillo, Villanueva de la Cañada, Majadahonda, Boadilla del Monte, Pozuelo de Alarcón y Alcorcón.

 

Majadahonda Magazin