La denuncia presentada por el Orvina navarro acerca del supuesto amaño del partido de la Primera División de fútbol sala entre el Majadahonda Afar 4 y el Rioja, cuyo resultado influyó directamente en el descenso del equipo navarro a Segunda Nacional, ha sido trasladada por la Federación al Ministerio Fiscal ante la imposibilidad de demostrar que los hechos denunciados puedan ser constitutivos de delito. El juez investigará lo sucedido para saber si es delito de corrupción entre particulares, consistente en la presunta predeterminación del resultado del encuentro disputado el 28 de mayo. Es el mismo delito por el que se investiga a Osasuna, según Diario de Navarra. El motivo del traslado al juez se justifica por “la imposibilidad de que los órganos de la Administración lleven a cabo actuaciones o procedimientos sancionadores, en aquellos casos en los que los hechos puedan ser constitutivos de delito o falta según el Código Penal, mientras la Autoridad Judicial no se haya pronunciado sobre ello”. Esto hace referencia a una de las pruebas presentadas por el Orvina, que es una conversación de WhatsApp entre jugadoras del Majadahonda y el Rioja, “a la vista de que pudiera ser necesario oficiar a compañías telefónicas en solicitud de datos que sólo mediante orden judicial podrían ser revelados, por afectar al derecho del secreto de las comunicaciones. Este tipo de diligencias de investigación sólo pueden ser adoptadas por un órgano judicial y en el curso de un procedimiento penal y con determinados requisitos y garantías”. El presidente del Orvina, Javier González, reconoce que su denuncia no servirá para que su equipo mantenga la categoría pero pretende que «al menos haya limpieza en la competición». Por su parte, el presidente del Majadahonda Afar 4, Severiano Soladano, ha anunciado que denunciará a su vez al club Orvina de Navarra por la falsa acusación de amaño.
El Periódico La Tercera de Navarra informa que el 31 de mayo la RFEF recibió la denuncia del Orvina, que presentaba pruebas de alguna irregularidad en el Majadahonda-Rioja de la penúltima jornada de liga. «La RFEF debió ver algún tipo de indicio y decidió incoar un procedimiento disciplinario extraordinario a Majadahonda y Rioja. El instructor elegido para el caso fue Jordi Aparisi, que el mismo día 3 de junio recibió la notificación. Ahora, este instructor del expediente disciplinario arriba referenciado, incoado a los clubes Majadahonda F.S.F. Afar 4 y F.S.F. Rioja, ha decidido formular la propuesta de suspensión del procedimiento disciplinario. El instructor de la causa, aparándose en la ley, ha decidido suspender la causa y enviarla a Fiscalía, la cual se encargará en estos momentos de dirigir la investigación. Tanto la ley como la jurisprudencia así lo obligan, y además alega que Fiscalía dispondrá de más medios para la investigación en curso, como solicitudes a las compañías telefónicas para poder encontrar pruebas en conversaciones telefónicas y por «WathsApp». Según el segundo párrafo del “artículo 75. Predeterminación de resultados”, estás serían las penas que podrían recibir estos dos equipos:
“Los que intervengan en acuerdos conducentes a la obtención de un resultado irregular en un encuentro, ya sea por la anómala actuación de uno o de los dos equipos contendientes o de alguno de sus jugadores, ya utilizando como medio indirecto la indebida alineación de cualquiera de estos, la presentación de un equipo notoriamente inferior al habitual u otro procedimiento conducente al mismo propósito, serán sancionados, como autores de una infracción muy grave, con inhabilitación por tiempo de dos a cinco años, y se deducirán seis puntos de su clasificación a los clubes implicados, declarándose nulo el partido, cuya repetición sólo procederá en el supuesto de que uno de los dos oponentes no fuese culpable y se derivase perjuicio para éste o para terceros tampoco responsables”.
El instructor de la causa: en su informe remitido a los clubes interesados, explica también una salvedad: “Si bien hay que indicar que actualmente tras la reforma del Código Penal operada en el año 2010 por la Ley Orgánica 5/2010, se ha procedido a penalizar este tipo de conductas, de tal forma que el ilícito deportivo cuenta con un especifico tipo penal que, tras la última reforma introducida por las Leyes Orgánicas 1/2015 y 2/2015, se encuentra recogido en el artículo 286 bis con la siguiente redacción: El directivo, administrador, empleado o colaborador de una empresa mercantil o de una sociedad que, por si o por persona interpuesta, reciba, solicite o acepte un beneficio o ventaja no justificados de cualquier naturaleza, para sí o para un tercero, como contraprestación para favorecer indebidamente a otro en la adquisición o venta de mercancías, o en la contratación de servicios o en las relaciones comerciales, será castigado con la pena de prisión de seis meses a cuatro años, inhabilitación especial para el ejercicio de industria o comercio por tiempo de uno a seis años y multa del tanto al triplo del valor del beneficio o ventaja”.
Pocas esperanzas en el seno del Orvina: Sin embargo, en el caso en que Majadahonda y Rioja fueran condenados y sancionados, Orvina seguiría teniendo muy difícil (por no decir imposible) la permanencia en Primera. Y es que según el artículo 75, al Rioja se le podría descender, pero el Majadahonda perdería seis puntos únicamente. Con lo que de 29 pasaría a tener 23, dos más que el Orvina. El conjunto navarro tenía que haber vencido en su último enfrentamiento en Ferrol para haber albergado algún ápice de esperanza. «No obstante, según fuentes cercanas al club que estuvieron presenciando el choque en tierras gallegas, el conjunto navarro tuvo pocas oportunidades de llevarse el choque. Entre otras cosas, por alguna decisión arbitral dudosa», señalan en el club navarro.