La Consejería de Economía de la Comunidad de Madrid, de la que depende la Dirección General de Comercio y Consumo que dirige María José Pérez-Cejuela, asegura en un comunicado enviado a MJD Magazin que «en el caso en concreto del local de Majadahonda, en la denuncia remitida por los agentes no se hace constar que los policías presenciaran directamente la venta de bebidas alcohólicas. De acuerdo con el criterio y la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en estos casos, para que la denuncia pueda ser considerada válida y poder, con ello, iniciar un expediente sancionador, los agentes deben reflejar haber presenciado la venta directamente». Economía niega la falta de diligencia burocrática de su departamento y afirma que «si un expediente sancionador no llega a término, con la imposición de la sanción correspondiente al presunto infractor, no es por dejación de funciones de la Dirección General de Comercio y Consumo». E indica que «en muchas de las ocasiones en las que no se lleva adelante un expediente sancionador es porque las denuncias que los originan están mal confeccionadas, los agentes no han observado directamente la venta de alcohol, falla algún dato de relevancia (como la graduación de la bebida alcohólica) o los compradores no están filiados». 


Tras la denuncia de Telemadrid y MJD Magazin, Economía desvela que «se ha puesto en contacto con la Policía Municipal de Majadahonda para explicarles los criterios y «exigencias» del Tribunal Superior de Justicia en lo relativo a la formulación de las denuncias, y se les recordó que en el mes de julio de 2017 se envió a todas las Policías Locales y Municipales de la Comunidad de Madrid una carta con instrucciones sobre la debida forma de elaborar las denuncias por venta de alcohol a menores y fuera de horario, para que dichas denuncias pudieran ser tenidas en cuenta para iniciar los correspondientes expedientes sancionadores».

Editorial: La Consejería de Economía de la Comunidad de Madrid que dirige Engracia Hidalgo Tena se ha puesto en contacto con MJD Magazin para dar su versión sobre la denuncia al comercio «chino» al que un reportero de Telemadrid sorprendió «in fraganti» vendiendo alcohol y tabaco a menores. Con eficaz y educada diligencia informativa hace llegar su criterio, que publicamos íntegramente. Y se pone a disposición además de la redacción para que la directora general María José Pérez-Cejuela, responda a todas las preguntas que queramos formularle. Hay que aplaudir este ejemplo de transparencia y colaboración con la libertad de información porque cumple escrupulosamente los protocolos profesionales al respecto. Sobre el fondo del asunto nos quedan más dudas. La lectura del expediente de sanción, al que ha tenido acceso MJD Magazin, indica que se formuló denuncia en septiembre de 2017 contra el comercio chino de Majadahonda por la policía municipal. Entonces los policías vieron «trasiego en la zona», presenciaron que varios menores «entraban y salían» de un local chino, los agentes proceden «a dar el alto a varios jóvenes» menores, y que éstos «portaban alcohol y tabaco» tras salir del establecimiento. Según fuentes de la Comunidad de Madrid, esto «no es suficiente», porque «no se presenció directamente» la venta. Y según esta exagerada comprobación de los hechos, tampoco Telemadrid hizo su trabajo, ya que «en las cámaras no se ve el intercambio» y en cualquier caso «no se actúa por denuncia de un medio de comunicación».

Fallan entonces los protocolos: muy pocas veces se verán las monedas o billetes de un niño pagando a un comerciante por alcohol o tabaco, grabación muy complicada hasta para una policía secreta. Ni siquiera cuando un mayor de edad esté presente en el establecimiento se producirá la venta, según indica el sentido común. Pero las pruebas y evidencias son tan palmarias que sonroja la escrupulosidad con que se defienden en España las coartadas del presunto delincuente, independientemente de que hay que seguir los protocolos judiciales más férreamente. Sobran también en la nota las negaciones semánticas a la acción de «absolver» o «sancionar» que posee la Consejería: parece también evidente que un órgano administrativo que sanciona o exime del pago de una multa o algo peor ejerce una función jurisdiccional que no siempre es eficaz en sus resultados si se comparan con la realidad de lo que pasa, como ahora se ve. Lo cual no quita que sus funcionarios actúen ya con rapidez, según queda también patente en los datos de sanciones sobre inspecciones que les llegan. Y habrá que recordar que una grabación audiovisual es una prueba pública a disposición de jueces, funcionarios y policías, no queramos que los precarios y –a lo que se ve– necesarios periodistas hagan también el trabajo de ellos.

Pero más allá de esta polémica, sana por como se están desarrollando y accionando los resortes de control de la administración (y resulta curioso que ningún partido político haya llevado al pleno este asunto que está generando miles de visitas e interés dentro y fuera de Majadahonda), debe quedar algo muy claro: los niños no pueden acceder al alcohol ni al tabaco, hay que ponérselo muy difícil. No ocurre así en la Europa civilizada ni en el mundo avanzado del siglo XXI. Y si acceden, no es culpa de la policía, ni de los padres, ni del Gobierno autonómico, ni del Ayuntamiento, sino de comerciantes sin escrúpulos que obtienen dinero por ello. Ya sean chinos, japoneses, españoles, británicos o de la Guayana francesa. Caiga sobre ellos todo el peso de la ley y actuemos sobre la administración pública –que en estos momentos posee el privilegio de capear mejor la crisis que los sectores privados– para que mejoren su rendimiento y sobre todo su eficacia.

Consejería de Economía de la Comunidad de Madrid (Comunicado): «En primer lugar, la Dirección General de Comercio y Consumo, en el marco de sus competencias, actúa en todo momento de acuerdo con el criterio y la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid para estos casos. En segundo lugar, en 2017 se resolvieron casi el 100% de los expedientes sancionadores por venta de alcohol a menores o en horario nocturno, en respuesta a las acusaciones de (escasa) “diligencia burocrática” por parte de la Dirección General de Comercio y Consumo que realiza la tramitación de expediente de los ámbitos de su competencia en los plazos que establece la normativa. Actuación de la Dirección General de Comercio y Consumo: «En primer lugar, la Comunidad de Madrid no absuelve ni condena, pues no se trata de un órgano jurisdiccional. La Comunidad de Madrid, a través de sus diferentes departamentos, ejerce la potestad sancionadora ante infracciones administrativas de la normativa vigente. La venta de alcohol a menores y la venta en horario nocturno (a partir de las 22 horas) son infracciones tipificadas en la Ley 5/2002, de Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos, siendo competentes para sancionarlas la Dirección General, en este caso, la Dirección General de Comercio y Consumo. Es importante destacar que la potestad sancionadora en esta materia se ejerce siempre a raíz de denuncias formuladas por las Policías Municipales o Locales o la Guardia Civil».

«En 2017, se iniciaron 252 expedientes sancionadores por la venta de alcohol a menores y la venta en horario nocturno, de los que se resolvieron 231 expedientes: 181 por venta fuera de horario, 43 por venta a menores y 7 por venta a menores fuera de horario. El importe global de la sanción impuesta asciende a 10.445.727,60 euros. Si un expediente sancionador no llega a término, con la imposición de la sanción correspondiente al presunto infractor, no es por dejación de funciones de la Dirección General de Comercio y Consumo sino porque la tramitación de un expediente sancionador exige el cumplimiento escrupuloso de los trámites procedimentales y de los criterios sentados en sede jurisdiccional».

«En muchas de las ocasiones en las que no se lleva adelante un expediente sancionador es porque las denuncias que los originan están mal confeccionadas, los agentes no han observado directamente la venta de alcohol, falla algún dato de relevancia (como la graduación de la bebida alcohólica) o los compradores no están filiados. En el caso en concreto del local de Majadahonda, en la denuncia remitida por los agentes no se hace constar que los policías presenciaran directamente la venta de bebidas alcohólicas. De acuerdo con el criterio y la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en estos casos, para que la denuncia pueda ser considerada válida y poder, con ello, iniciar un expediente sancionador, los agentes deben reflejar haber presenciado la venta directamente».

«La Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid se ha puesto en contacto con la Policía Municipal de Majadahonda para explicarles los criterios y «exigencias» del Tribunal Superior de Justicia en lo relativo a la formulación de las denuncias, y se les recordó que en el mes de julio de 2017 se envió a todas las Policías Locales y Municipales de la Comunidad de Madrid una carta con instrucciones sobre la debida forma de elaborar las denuncias por venta de alcohol a menores y fuera de horario, para que dichas denuncias pudieran ser tenidas en cuenta para iniciar los correspondientes expedientes sancionadores. Desde el año 2013, la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Comercio y Consumo, lleva a cabo una campaña informativa destinada a los empresarios del sector del comercio de alimentación, con el objetivo de recordarles sus obligaciones en relación a la venta de bebidas alcohólicas (fundamentalmente en lo que se refiere a la prohibición de venta a menores y en horario nocturno) recogidas en la Ley 5/2002 de prevención de las Drogodependencias y otros trastornos adictivos, evitando así incumplimientos que podrían dar lugar a denuncias y a la posterior iniciación de expedientes sancionadores. En el período 2013 – 2017, la Inspección de Comercio ha visitado 4.075 establecimientos comerciales en el marco de esta campaña informativa».

Majadahonda Magazin