JUAN ANTONIO FONSECA SERRANO. La producción de cannabis está terminantemente prohibida en España. A ojos de la justicia, es una actividad completamente ilegal, sobre todo cuando está vinculada al tráfico y la venta. Un delito perseguido severamente por los cuerpos de la ley y que, curiosamente, no ha impedido a nuestro país posicionarse entre uno de los principales productores de marihuana de la Unión Europea. Pero, ¿existe alguna forma de cultivar cannabis sin incurrir en un delito? Lo cierto es que es una pregunta que tiene muchas respuestas porque, si bien es cierto que hay compañías, sobre todo vinculadas al sector farmacéutico, que tienen derecho a hacerlo y pueden hacerlo sin caer en delito; también hay particulares que tienen esa opción. El problema, en este caso, es que el cultivo a nivel doméstico es algo que se mueve en un área gris. Una que vamos a aclarar aquí.


La legalidad, o no legalidad, del cultivo de cannabis en casa

La normativa española es clara y tajante en este sentido. Según el Código Penal, más concretamente, el artículo 368, todo acto de cultivo, elaboración o tráfico, siempre y cuando promueva, facilite o favorezca el consumo ilegal de cualquier droga tóxica, estupefaciente o sustancia psicotrópica, es un delito. Huelga decir que la marihuana y, por extensión, el cannabis, entran dentro de este rango que la justicia considera como ilegal. Es posible que muchos, al leer eso, se pregunten cómo es posible que haya abiertas tiendas dedicadas al cultivo. Establecimientos tanto físicos como digitales, también conocidos como grow shop online, funcionan vendiendo a sus clientes fertilizantes, armarios de cultivo y hasta semillas. Todo el material necesario para que las personas puedan lanzarse a por el cultivo de interior si quieren tener sus propias plantas en casa. Puede parecer algo contraproducente, pero lo cierto es que el cultivo en casa no es una actividad ilegal, o al menos no del todo. Cuando se habla de plantar para el autoconsumo, se entra en un vacío legal en el que no hay consecuencias penales. La ley no indica nada al respecto, y son los jueces los que se tienen que encargar de tomar una decisión en caso de denuncia ante la justicia. Esto ha llevado a una jurisprudencia del Tribunal Supremo que se mueve entre dos líneas: el autoconsumo no es legal, pero tampoco es puede castigar penalmente. Así, una persona capaz de demostrar que su plantación, siempre y cuando sea pequeña, no tiene como fin el tráfico o la distribución a terceras personas, no se podrá vincular a una conducta penal.

El cambio de la «Ley mordaza»

Con la llegada de la conocida como Ley Mordaza, se introdujeron cambios en el panorama del cultivo para autoconsumo. El artículo 36 de esta ley, en su apartado 18, señala multas de entre 600 y 30.000 euros en caso de que una persona cometa un acto de plantación y cultivo ilícito de cualquier droga tóxica, sustancia psicotrópica o estupefaciente en cualquier lugar que sea visible al público. Todo, siempre y cuando no sean actos que constituyan cualquier tipo de infracción penal. Lo interesante de esta nueva legislación es que, además de sancionar el cultivo en público, cosa que antes no estaba ya que solo se sancionaban la tenencia y el consumo ilícitos en lugares públicos, vuelve a tener otro vacío legal. En este caso, se puede interpretar la ley de forma que no supone infracción el cultivar en un espacio privado y fuera de la vista del resto de personas. Es decir, según el apartado 18 del artículo 36 de la Ley Mordaza, el cultivo de interior para consumo personal estaría despenalizado. Es cierto que no se ha aclarado si el autoconsumo forma parte del cultivo ilícito o no; sin embargo, a día de hoy la interpretación de que es algo lícito es la que más se está siguiendo en caso de denuncia, lo que impide ser sancionado.

¿Puedo plantar en casa entonces?

Esto da mucho que pensar a la hora de plantar en casa. Tenemos que recalcar que la plantación de interior para el autoconsumo no es algo que esté penalizado, pero sí que es algo que tiene una legalidad bastante dudosa. Al final el resultado queda en manos de la justicia, aunque el Tribunal Supremo ya había marcado un claro precedente. Precisamente por esta situación es por lo que los armarios de cultivo de los grow shop han ganado tanta relevancia en los últimos años. Estos productos están destinados a plantar cualquier cosa en su interior. De hecho, sus compradores pueden usarlos tanto para sus semillas de cannabis como para el pan de setas. Estas tiendas ofrecen todo el material necesario, desde la tierra hasta las luces o los ventiladores. Todo el equipo que hace falta para plantar en casa, siempre y cuando se haga con fines lícitos y dentro de la legalidad. Una particular situación que impulsa un tipo de negocio antes mirado con bastantes malos ojos, pero que ahora se está convirtiendo en la única manera de actuar acorde a lo que dicta la ley. Toda persona que alguna vez se haya planteado la opción de cultivar cannabis en el hogar, sea por meros fines ornamentales, por tener cierta inquietud por el sector agrícola o por cualquier otro motivo considerado como legal, ahora tiene la posibilidad de hacerlo.

Eso sí, la ambigüedad legal no ayuda demasiado. Por el momento, el caso de esta planta en concreto está despenalizado. Sin embargo, cualquier atisbo de intención de venta, de facilitación a terceros o de producción mucho mayor que para el consumo personal, es algo que está severamente castigado por la ley. Y con motivo. Si alguna vez te habías preguntado si era posible o no plantar un poco de cannabis en casa, ya has podido comprobar que el horizonte está un poco gris en ese sentido. Los grow shops se encargan de ayudar con el equipo y, a veces, hasta dan consejos sobre cómo se debe plantar o cuál es el equipo más necesario. Desafortunadamente, dar una explicación exacta de qué es lícito y qué no con estas plantaciones es una tarea casi imposible a día de hoy. Ni la ley lo tiene claro.

Majadahonda Magazin