Vox quería utilizar las fotos y datos personales de los fallecidos en la morgue de la Pista de Hielo de Majadahonda pero el Tribunal Supremo se lo ha impedido, informa la Cadena SER

J. FEDERICO MTNEZ. «El Supremo avala la información del Gobierno sobre el trabajo de la UME en las residencias de ancianos. El alto tribunal rechaza el recurso de Vox que había pedido las actas de las inspecciones y el reportaje fotográfico del trabajo de los militares en residencias y en la morgue del Palacio de Hielo«. Estos son los titulares con los que el periodista Pedro Jiménez de la Cadena SER ilustra su noticia fechada este 21 de marzo de 2022. Y el texto dice lo siguiente: «El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de la diputada de Vox, Macarena Olona, contra el Gobierno por la información suministrada sobre la actuación de las Fuerzas Armadas en las residencias de ancianos durante la primera ola de la COVID-19. Olona pedía las actas de las inspecciones y el reportaje fotográfico de la intervención de los militares españoles en estos centros, así como en la morgue del Palacio de Hielo de Majadahonda. Todo ello, incluyendo datos personales». Defensa entregó a los grupos parlamentarios el llamado «Informe Operación Balmis» en el que detallaba las actividades y operaciones que desarrolló la Unidad Militar de Emergencias (UME). Respecto al tratamiento de los datos oficiales de los fallecidos que fueron trasladados al Palacio de Hielo, explicó que «fueron custodiados por la Comunidad de Madrid».


Pedro Jiménez

«La sala de lo contencioso administrativo resuelve por unanimidad que estas respuestas cumplen con el derecho de participación política de la recurrente en su vertiente de solicitud de información. La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Pilar Teso, señala que no se puede entregar una documentación que «no ha sido elaborada, ni se encuentra en poder del órgano administrativo al que se solicita. Del mismo modo que tampoco puede materializarse cuando comporte una lesión al derecho fundamental de protección de los datos de carácter personal y al ámbito de privacidad de los enfermos y fallecidos», concluye. Luz verde a la medalla de la Operación Balmis: La noticia también informa que la sala tercera del Tribunal Supremo ha rechazado en otra sentencia el recurso de la Asociación Unificada de Militares Españoles contra el Real Decreto por el que se crea la medalla conmemorativa de la operación Balmis que reconoce a los militares que lucharon en primera línea contra la pandemia.


La magistrada Pilar Teso (Tribunal Supremo) ha desautorizado la entrega de datos personales y fotos de cadáveres a Vox

LA AUTORA DE LA SENTENCIA. La jueza María del Pilar Teso Gamella, nacida en 1960, es magistrada del Tribunal Supremo desde 2008. Ingresó en la Carrera Judicial en 1985 y es magistrada especialista de lo contencioso-administrativo desde 1989. Como juez ocupó destinos en los Juzgados de Parla (Madrid), Barcelona, Collado-Villalba (Madrid) y Madrid. Tras ascender a la categoría de magistrada ejerció en el Juzgado de lo Social número 2 de Cáceres (1988-1989), en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (1989-1997), en el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo (1997-2000) y en la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (2000-2008) antes de su nombramiento como magistrada del alto tribunal. Autora de numerosas publicaciones, ha sido profesora de Derecho Administrativo en el Centro de Estudios de la Administración de Justicia (1995-1996), profesora asociada de Derecho Constitucional en la Universidad Carlos III de Madrid (1999-2003), profesora del Curso Superior de Derecho Administrativo de la Escuela de Práctica Jurídica Colex (2001 y 2002). También ha formado parte como vocal de tribunales de oposiciones de ingreso a la Carrera Judicial (1992), de concursos de méritos entre juristas de reconocida competencia (1999 y 2000) y de oposiciones de especialistas de lo contencioso-administrativo (2001), informa la web del Poder Judicial.

 

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