PAULA BERBELL. La policía de Majadahonda ha cerrado por fin el Rincón Latino del barrio de Granadilla y ahora apunta al bar «19 Escalones» de la Gran Vía por las numerosas molestias que causa al vecindario a causa de sus ruidos, horarios y altercados, tal y como evidencia un vídeo de MJD Magazin. El concejal de Ciudadanos (Cs), Antonio Rodríguez, y el de Seguridad, Manuel Ortiz (PP) pusieron interés en atender las denuncias de los vecinos afectados. “He vuelto a interesarme por este tema y os transmito la información facilitada por Manuel Ortiz, concejal de Seguridad: se ha ordenado el cierre del establecimiento. Se les ha facilitado 15 días para su cierre voluntario, plazo que ya había expirado. Hace un rato la Policía Local ha comprobado que el cierre está echado con las verjas”. Rodríguez explica en las redes sociales lo sucedido: “como los vecinos sabéis, el Grupo Municipal de Cs ha estado detrás de este problema desde que tuvo conocimiento de ello. Me consta que el concejal de Seguridad ha hecho todo lo que la ley permite para clausurar este establecimiento. Parece que por fin los vecinos podrán descansar”, señala en alusión al cierre del Rincón Latino, un establecimiento sobre el que MJD Magazin realizó una serie de reportajes a cargo de la periodista Daniela Delate.
No es el único: la guerra al ruido en Majadahonda, que comenzó en 2015, amenaza con llevarse por delante también a otros locales. Y hasta el Defensor del Pueblo ha tomado cartas en el asunto, tras otras denuncias contra el bar «19 escalones» de la Gran Vía, el último que sirve copas hasta la madrugada en el centro de Majadahonda. Y así contesta a una vecina: «En relación con la queja arriba indicada, se le comunica que el Ayuntamiento de Majadahonda ha remitido copia de la Resolución de 12 de febrero, del Concejal de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda (Ricardo Riquelme), por el que se inicia procedimiento sancionador por incumplimiento del horario al titular del local objeto de queja y copia de la moción instando que se adopten las medidas oportunas para que cesen las molestias del establecimiento. A la vista de lo anterior, el Defensor del Pueblo, con esta misma fecha, ha dirigido al Ayuntamiento las siguientes consideraciones:
1. El Ayuntamiento no está actuando con la celeridad que sería aconsejable teniendo en cuenta que lleva usted denunciando las molestias que genera la actividad, al menos desde el año 2014.
2. El Ayuntamiento no indica si el acuerdo de iniciación del procedimiento se ha notificado al presunto responsable, lo cual es preceptivo para interrumpir el plazo de prescripción de la infracción. La Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid califica el incumplimiento de los horarios como una infracción leve. Puesto que el plazo de prescripción es de 6 meses y las denuncias son de septiembre, debe averiguarse si la notificación se ha producido y en qué fecha, así como el estado de tramitación del expediente.
3. El Ayuntamiento no informa de si la moción del concejal (de Cs) requiriendo la adopción de medidas correctoras ha sido aprobada por el Pleno y notificada al titular. Las medidas previstas en la moción se plantean de forma genérica y sin dar un plazo para su adopción. Tampoco se indica si el funcionamiento del local se ajusta en la actualidad a la normativa y a la licencia otorgada y si la actividad respeta en la actualidad el horario establecido.
4. Mientras se tramita el procedimiento sancionador por incumplimiento del horario conforme a la Ley de Espectáculos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, cuyo plazo máximo de resolución es de 6 meses, el Ayuntamiento debe adoptar, en caso de que las molestias persistan, medidas cautelares, incluida la suspensión de la actividad y requerir al titular la adopción de las medidas correctoras que procedan para que cesen los daños o el riesgo de que éstos se produzcan (artículo 36 y siguientes de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid y artículo 414 y siguientes de la Ordenanza de Medio Ambiente de Majadahonda).
Visto lo anterior y de conformidad con los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, el Defensor del Pueblo ha resuelto dirigir al Ayuntamiento de Majadahonda la siguiente sugerencia: Inspeccionar la actividad con el fin de:
1º Comprobar que cumple en la actualidad los horarios de cierre;
2º En caso de incumplimiento, adoptar las medidas provisionales precisas para que cesen las molestias;
3º Si no se adoptan las medidas por el titular, ejecutarlas forzosamente a costa del responsable.
Asimismo se ha solicitado al Ayuntamiento la siguiente información: Indicación de si se ha notificado al titular el inicio del procedimiento sancionador y estado del procedimiento. Copia de la notificación del inicio del procedimiento y de la resolución, en caso de haberse dictado. Copia de la notificación al titular de las medidas correctoras requeridas (reducción del horario, insonorización, aparatos limitadores de ruido, etcétera) y si ha procedido a implantarlas. En caso contrario, indicación de las actuaciones realizadas por el Ayuntamiento para obligar a su cumplimiento. Copia de la licencia de Bar Categoría Especial Café Teatro otorgada al local. Tan pronto se reciba la información solicitada y la respuesta a la sugerencia formulada, se le dará cuenta de su contenido, así como de las actuaciones que, en su caso, procedan. Le saluda muy atentamente: Francisco Fernández Marugán. Adjunto primero del Defensor del Pueblo.