supercorEl juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Majadahonda ha resuelto dos casos que no resultan llamativos para los medios de comunicación pero que han tenido repercusión en la opinión pública de la ciudad: el robo en un Supercor y el extravío de un pagaré. A pesar de que Majadahonda es una de las ciudades con menos criminalidad de España, eso no significa que este exenta de incidencias. Uno de estos últimos casos es el de un hurto con injurias en un Supercor en el que el culpable ha sido condenado a pagar 90 y 60 euros respectivamente, además de indemnizar al establecimiento con 129,25 euros. El otro caso resuelto es el de un pagaré extraviado de 27.396,86 euros, fruto de una compraventa de un inmueble, en el que el juez finalmente determina que dicho documento fue perdido de forma involuntaria. A continuación reproducimos de forma íntegra los edictos y sentencias correspondientes a dichos casos:


Hurto en Supercor

EDICTO

Doña Cristina Seivane Terán, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 5 de Majadahonda.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 391 de 2014 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Majadahonda, a 3 de marzo de 2015.–Vistos por don Sergio Burguillo Pozo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Majadahonda y de su partido, los precedentes autos de juicio de faltas número 391 de 2014, seguido por presunta falta de hurto y de injurias, incoado en virtud de atestado, en el que han sido partes: en calidad de denunciante, don Alfonso López Ruano, y en calidad de denunciado, don Alfonso García Sánchez, constando en las actuaciones las circunstancias personales de los mismos. Ha sido parte el ministerio fiscal.

Fallo

Condeno a don Alfonso García Sánchez, como autor responsable de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623 del Código Penal, a la pena de multa de treinta días, a razón de una cuota diaria de 3 euros, lo que hace un total de 90 euros. Y como autor responsable de una falta de injurias prevista y pena en el artículo 620.2 del Código Penal, a la pena de multa de veinte días, a razón de una cuota diaria de 3 euros, lo que hace un total de 60 euros.

Para el supuesto de que el condenado no satisficiera voluntariamente o por vía de apremio la multa impuesta, quedará sujeto a responsabilidad penal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

El condenado deberá indemnizar en la cantidad de 129,25 euros al establecimiento «Supercor».

Condeno a don Alfonso García Sánchez al pago de las costas procesales.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Alfonso García Sánchez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Majadahonda, a 11 de enero de 2016.–La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

Pagaré extraviado

EDICTO

Don Sergio Burguillo Pozo, secretario del Juzgado de primera instancia número 5 de Majadahonda.

Hago saber: Que en este Juzgado, con el número 431 de 2014, se sigue procedimiento sobre extravío de pagaré serie DV número 7.557.926 0 8242 3, por importe de 27.396,86 euros, con vencimiento el 15 de marzo de 2014, siendo legítima tenedora del pagaré «Anida Operaciones Singulares, Sociedad Anónima», por haber sido entregado por doña Alicia Tercero Gómez, con NIF 52104812-Z, como parte del precio de una vivienda, iniciado por denuncia de «Anida Operaciones Singulares, Sociedad Anónima», que es tenedora de dicho título en virtud de contrato de compraventa de vivienda formalizado con fecha 6 de febrero de 2013, habiéndose extraviado el mismo de manera involuntaria por la denunciante, habiéndose acordado por diligencia de ordenación de 22 de diciembre de 2014 publicar la denuncia, fijando el plazo de un mes, a contar desde la fecha de su publicación, para que el tenedor del título pueda comparecer en el Juzgado y formular oposición.

En Majadahonda, a 1 de septiembre de 2015.–El secretario (firmado).

Fuente

Derecho.com

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Majadahonda Magazin